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2011-09-01

Díaz L., Justina. “Identidad y discriminación en el contenido no conceptual”

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  • Felipe Fonseca
Díaz L., Justina. "Identidad y discriminación en el contenido no conceptual", Crítica. Revista Hispanoamericana de Filosofía [Universidad Nacional Autónoma de México] 41/123 (2009): 65-93.

DIÁLOGO

Díaz L., Justina.
"Identidad y discriminación en el contenido no conceptual", Crítica. Revista Hispanoamericana de Filosofía
[Universidad Nacional Autónoma de México] 41/123 (2009): 65-93.


En su artículo, la profesora Justina Díaz, en medio de la lectura que elabora de Evans, introduce la necesidad de establecer un criterio de discriminación de objetos en el nivel de los contenidos perceptuales; a mi juicio una demanda totalmente razonable y no muy frecuentemente abordada por los estudiosos de la obra del filósofo británico. La búsqueda de este criterio se encuentra justificada por el hecho de que sin una delimitación en el plano no conceptual, resultaría ininteligible en un estadio cognitivo superior la aplicación de conceptos, dado que no habría elemento alguno que distinga previamente los contenidos sobre los cuales aquellos tendrían que aplicar su poder identificativo.

Con miras a satisfacer este vacío teórico, y al desarrollar con ciertos matices la propuesta de Peacocke, Díaz plantea la existencia de una representación no conceptual de cosa (proto-objeto) que cumpliría con la función discriminativa requerida para el recorte de objetos en el entorno egocéntrico del sujeto (escenario), y que en el nivel conceptual encontraría su correlato en la noción evansiana de Idea -que, en la muy destacable tesis de la autora, constituye una capacidad dependiente de manera directa o indirecta de sortales-. De este modo, Díaz busca proponer un punto de anclaje en el nivel no conceptual para explicar el pensamiento demostrativo acerca de objetos.

Ahora bien, esta noción propuesta de cosa necesitaría cumplir ciertas condiciones para ser considerada, primero, como capaz de distinguir adecuadamente los objetos en el nivel perceptual y, segundo, como una noción de naturaleza no conceptual. Por razones de extensión me concentraré exclusivamente en la primera parte, para la que Díaz acude a una estrategia que consiste en defender la tesis según la cual la noción de cosa debería permitir "una discriminación al menos tan fina como la que permitiría un concepto de sortal" (82).

Allí encuentro, de entrada, una dificultad.1 Una de las razones por las que los conceptos de cosa o entidad no son admitidos como conceptos sortales es que ellos no sólo no permiten individuar -léase, identificar conceptualmente- un objeto, sino que resultan también insuficientes para discriminarlo. Por ejemplo, en el caso de la ostensión directa parece ser que el problema de determinar si se está haciendo referencia a un objeto o a alguna de sus partes sólo se puede solucionar si uno apela al sortal correspondiente al caso. Así, si la noción no conceptual de cosa es, tal como sugiere la autora, una extrapolación del concepto de testaferro de sortal al terreno no conceptual, a menos que se presente una tesis que explique cómo el concepto de cosa puede servir como base para la cuantificación y discriminación de objetos, no podría esa noción, en principio, contar con la misma capacidad de discriminación de un concepto sortal genuino. Por lo que, en caso de que lo anterior sea cierto, en los pseudosortales debe buscarse, a lo sumo, lo que Díaz señala como el relajamiento de los criterios de identidad para las Ideas no fundamentales.

Desde luego, a lo anterior podría responderse que los criterios de corrección de una noción no conceptual como la propuesta no son los mismos que los de una de naturaleza conceptual; el problema, sin embargo, es que con ello no se estaría explicando cómo es que una representación que se supone más primitiva cumple una función que no es capaz de desempeñar el concepto que está vinculado a ella.

Cabe señalar aquí que por razones similares a las anteriores, la representación propuesta por Díaz, incluso si se acude a la noción de atención en el contexto de percepción, resultaría insuficiente para distinguir del mismo modo en que lo hace un sortal: la discriminación, en el caso en que haya dos proto-objetos distintos en exactamente las mismas coordenadas espacio-temporales, no podría efectuarse, teniendo en cuenta que, si los contenidos del proto-objeto sólo pueden ubicarse en los puntos concretos del escenario, sendos contenidos proto-proposicionales (esto es, contenidos no conceptuales que no pueden ser reducidos a los especificados por el escenario en tanto que representan las propiedades y las relaciones de objetos en el nivel perceptual), al encontrarse en el mismo lugar, no podrían ser diferenciados en el mismo tiempo, que es lo que interesa.2 Y huelga decir que esto es algo que no ocurriría en el caso de dos objetos sortalizados: en el ejemplo de Evans de la arcilla y la estatua, basta con haber aplicado el sortal adecuado para distinguirlos.

En cualquier caso, quiero llamar la atención sobre el interés de la autora en dar cuenta de la capacidad de recorte del proto-objeto acudiendo a la habilidad atencional del sujeto perceptor; una estrategia bastante plausible aunque no muy desarrollada en el artículo. Para ello, la profesora tiene antes que apelar a los criterios de articulación y persistencia de objetos, cuyo detalle no intentaré exponer aquí, a fin de ubicar la representación de cosa en el contexto del escenario -que es la caracterización espacial de los contenidos no conceptuales propuesta por Peacocke-. Es con base en esta especificación en el espacio egocéntrico rellenado (como en una especie de matrix de información perceptual) como se posibilitaría la aplicación de la atención para la localización de los objetos.

De suerte que, tal como la observo, la propuesta central de Díaz es susceptible de ser entendida como una apelación a la capacidad atencional del sujeto aplicada a ciertas propiedades objetuales (esto es, las propiedades de que se vale para individuar su noción de cosa) en tanto que es postulada como criterio para la distinción perceptual de objetos:3 sólo en este sentido podría afirmarse que la noción de cosa puede servir como punto de anclaje para el pensamiento demostrativo.

Así las cosas, la atención que el sujeto fija en su contexto perceptual se trataría de un reconocimiento de los contenidos proto-proposicionales, y en esos términos la propuesta de Díaz, aunque no muy novedosa, tiene relevancia: su desarrollo de la tesis de Peacocke podría dar lugar a la explicación de lo que sea para un sujeto percibir un objeto sin su conceptualización (vale decir, explicar su carácter fenoménico), al tiempo que ofrece algunas bases para la explicación de la identificación demostrativa de objetos particulares en el nivel del pensamiento.

Con todo, en mi opinión es bastante discutible el modo en que es utilizada la noción propuesta en el artículo. Esta reserva tiene que ver fundamentalmente con que, hasta tanto no se dé cuenta de la necesidad del salto de los contenidos no conceptuales, que son dados como una plétora de puntos cargados cualitativamente en el contexto perceptual (i. e. en el espacio rellenado), a una percepción de contenidos caracterizados como objetos materiales y cualidades físicas, la generalización de la noción de cosa -con el peso de toda la precisión discriminativa requerida para ser punto de anclaje del pensamiento demostrativo-, como si se tratara de una representación básica tanto en seres con habilidad conceptual como en seres carentes de ella, pareciera no estar muy sustentada.4Porque aun si es posible admitir que haya seres sin facultad conceptual que pueden percibir propiedades objetuales, es asimismo posible pensar que estos modos de presentación están restringidos a ciertos tipos de organismos con determinadas habilidades.

De ahí que pudiera afirmarse, como se afirma en ciertas teorías no conceptualistas, que hay otros modos de presentación de los contenidos representacionales cuya especificación no demanda las nociones susodichas, y que no por ello deben constituir una "ruidosa y floreciente confusión", para emplear la expresión de W. James.


1 La dificultad es propiciada cuando se sugiere que hay una relación -supongo, genética- entre la noción no conceptual de cosa y el concepto de cosa.

2 Decir, como lo hace la autora, que a largo plazo es posible discriminarlos (cf. 85) no constituye una respuesta satisfactoria.

3 Una propuesta relacionalista bastante elaborada y basada en este mismo criterio puede verse en Campbell.

4 Las pruebas conductuales que Díaz trae a colación para defender la idea de que hay animales que tratan su entorno qua objetos físicos pueden también, en ciertas investigaciones basadas en la psicología del desarrollo y en la biología evolutiva, contar como argumentos a favor de un tipo de ontología diferente de aquel que la autora parece estar queriendo defender y, por consiguiente, no son a este respecto demasiado concluyentes.


Bibliografía

Campbell, J. Reference and Conciousness. New York: Oxford University Press, 2002.

Evans, G. The Varieties of Reference. Oxford: Oxford University Press, 1982.

Peacocke, C. A study of concepts. Cambridge: MIT Press, 1992.


FELIPE FONSECA
Universidad Nacional de Colombia
fefonsecaa@unal.edu.co

Referencias

Campbell, J. Reference and Conciousness. New York: Oxford University Press, 2002.

Evans, G. The Varieties of Reference. Oxford: Oxford University Press, 1982.

Peacocke, C. A study of concepts. Cambridge: MIT Press, 1992.

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Fonseca, F. «Díaz L., Justina. “Identidad y discriminación en el contenido no conceptual”». Ideas y Valores, vol. 60, n.º 147, septiembre de 2011, pp. 285-8, https://revistas.unal.edu.co/index.php/idval/article/view/36790.

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[1]
Fonseca, F. 2011. Díaz L., Justina. “Identidad y discriminación en el contenido no conceptual”. Ideas y Valores. 60, 147 (sep. 2011), 285–288.

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Fonseca, F. Díaz L., Justina. “Identidad y discriminación en el contenido no conceptual”. Ideas Valores 2011, 60, 285-288.

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Fonseca, F. (2011). Díaz L., Justina. “Identidad y discriminación en el contenido no conceptual”. Ideas y Valores, 60(147), 285–288. https://revistas.unal.edu.co/index.php/idval/article/view/36790

ABNT

FONSECA, F. Díaz L., Justina. “Identidad y discriminación en el contenido no conceptual”. Ideas y Valores, [S. l.], v. 60, n. 147, p. 285–288, 2011. Disponível em: https://revistas.unal.edu.co/index.php/idval/article/view/36790. Acesso em: 18 abr. 2024.

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Fonseca, Felipe. 2011. «Díaz L., Justina. “Identidad y discriminación en el contenido no conceptual”». Ideas Y Valores 60 (147):285-88. https://revistas.unal.edu.co/index.php/idval/article/view/36790.

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Fonseca, F. (2011) «Díaz L., Justina. “Identidad y discriminación en el contenido no conceptual”», Ideas y Valores, 60(147), pp. 285–288. Disponible en: https://revistas.unal.edu.co/index.php/idval/article/view/36790 (Accedido: 18 abril 2024).

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[1]
F. Fonseca, «Díaz L., Justina. “Identidad y discriminación en el contenido no conceptual”», Ideas Valores, vol. 60, n.º 147, pp. 285–288, sep. 2011.

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Fonseca, Felipe. «Díaz L., Justina. “Identidad y discriminación en el contenido no conceptual”». Ideas y Valores 60, no. 147 (septiembre 1, 2011): 285–288. Accedido abril 18, 2024. https://revistas.unal.edu.co/index.php/idval/article/view/36790.

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1.
Fonseca F. Díaz L., Justina. “Identidad y discriminación en el contenido no conceptual”. Ideas Valores [Internet]. 1 de septiembre de 2011 [citado 18 de abril de 2024];60(147):285-8. Disponible en: https://revistas.unal.edu.co/index.php/idval/article/view/36790

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