Publicado

2012-09-01

Crelier, Andrés. “La reflexión moral kantiana y el problema del conflicto de deberes”

Palabras clave:

moral kantiana, conflictos de deberes (es)

Descargas

Autores/as

  • Jorge Rincón Universidad de los Andes
Crelier, Andrés. "La reflexión moral kantiana y el problema del conflicto de deberes", Praxis Filosófica [Universidad del Valle, Colombia] 33 (2011): 11-31.

Crelier, Andrés.
"La reflexión moral kantiana y el problema del conflicto de deberes",
Praxis Filosófica
[Universidad del Valle, Colombia] 33 (2011): 11-31.


El artículo del profesor Crelier aborda el problema del conflicto de deberes en el marco de la filosofía moral de Immanuel Kant. En su presentación, Crelier ofrece un panorama general del problema, y no se restringe al análisis que el filósofo hace en la tarea propiamente crítica de la filosofía práctica, preocupada, como se sabe, por deslindar los aspectos puros o trascendentales de la moralidad. Para ello, tiene en cuenta el horizonte más amplio de la ciencia general de la moralidad, en la que Kant reconoce la especificación del contenido como una condición de sentido de las normas morales, tan necesaria como la determinación de su formalidad y generalidad.

Esta perspectiva viene a ser ineludible, ya que, desde el marco de la crítica de la razón práctica, es decir, de aquella que sólo considera la formalidad de las normas, una problematización de la teoría de los conflictos morales como la que propone el autor no resulta posible. Sin embargo, esta formalidad de las normas es indisociable de su validez general, y constituye, sin lugar a dudas, un rasgo esencial de la moralidad. Pues sin esta validez general, es decir, sin la presuposición razonable de que la máxima subjetiva de mi acción pueda concordar con la máxima universal de una ley general, resumida en la fórmula del imperativo categórico kantiano, la moralidad no dejaría de ser más que una mera quimera.

El autor no desconoce las dificultades de esta propuesta, e incluso pone en cuestión el alcance del imperativo categórico para probar la validez moral de las máximas; pero, más allá de la duda razonable, acepta que la validez general es una condición "formal" y "necesaria" de la moralidad. Con respecto a esta condición de sentido de la moralidad, dice Crelier, Kant tendría razón (13). Pero este análisis preliminar del conflicto de deberes, entendido, según el propio Kant, como el tipo de relación en el que un deber anula a otro(s) total o parcialmente, y que hasta el momento sólo ha tenido en cuenta la validez general y la formalidad, no está completo sin la noción de fuerza legal. Sin ella, en efecto, la moralidad corre el peligro de deshacerse en una niebla vacía.

Como se sabe, la ley designa en Kant el carácter de necesidad de la moralidad que, en el caso de los seres humanos guiados por sus inclinaciones, es solamente subjetiva, porque, contrario a la ley natural, debe ser realizada. Y la única manera de suponer que debo realizar una ley, es asumiendo que está a mi alcance el poder realizarla. ¿Puedo entonces suponer razonablemente que debo realizar valores contrapuestos? No, ya que, por un lado, no cuento con los medios necesarios para realizar valores que se oponen, mientras que, por el otro, desde la perspectiva de las reglas en conflicto ellas perderían incluso su valor moral. "Debo concluir entonces que no constituyen en verdad deberes, y que algo así como un conflicto de deberes es en verdad inconcebible" (16).

Pensar un conflicto real de deberes en el interior de la filosofía moral kantiana requeriría que, además de la validez general y de la formalidad, se tuvieran en cuenta las circunstancias particulares, es decir, todos los elementos materiales éticamente relevantes que, en una situación dada, requerirían de una acción y una evaluación. Sin esta consideración empírica de las normas morales, piensa Crelier acertadamente, la ciencia moral en su conjunto carecería de fundamento, pues el imperativo categórico no tendría su función orientadora de la acción humana, ya que se pondría incluso en entredicho su papel de condición de sentido de la moralidad en Kant. En este sentido, la necesidad de especificar las normas, de acuerdo con las determinaciones concretas de la acción, no sería un hecho incidental o secundario, como habitualmente se cree, sino una condición más de sentido de la moralidad. Aunque de hecho esas determinaciones sean insuficientes para justificar el valor moral de nuestras acciones.

Esta propuesta del profesor Crelier es altamente sugerente e innovadora, ya que no conserva la pureza que tradicionalmente se le ha atribuido al sistema moral kantiano, y tiene la ventaja de ayudarnos a pensar de un mejor modo la conflictividad, en últimas insalvable, del ámbito en el que transcurren nuestras acciones cotidianamente. El autor desarrolla, en la misma obra de Kant, algunos argumentos altamente persuasivos con los que pretende demostrar el vínculo estrecho entre la formalidad de ley moral y su contenido empírico; en últimas, entre la "moralidad" y la "humanidad" (19). Sin embargo, considero que su propuesta reviste algunas dificultades que convendría tener en cuenta.

Si requerimos de una especificación de las normas morales para conferirles un sentido humano, es claro que esta tarea no se lleva a cabo sin consecuencias. En efecto, la segunda condición de sentido de la moralidad dicta que las normas sólo adquieren valor moral pleno para un ser racional finito, es decir, para un ser que la mayoría de las veces determina la máxima de su acción a partir de sus inclinaciones. Sin embargo, esto parece ir en contra de la primera condición de sentido ya señalada: "El problema que ahora se presenta [dice allí Crelier] es que la especificación de una norma permite formular deberes que admiten excepciones, algo que la pureza de la moralidad no debería admitir" (20). Esta situación límite se presenta cuando, en el ámbito cerrado de mis acciones, descubro que, contrario a lo que dice la forma pura de la ley, no siempre es conveniente decir la verdad (cuando, por ejemplo, de mi mentira depende la vida de alguien más). En este caso, empero, no se trata de una excepción a la regla, sino más bien de una especificación de la misma, ineludible para nosotros en cuanto seres empíricos, la cual conserva de ese modo su universalidad.1 Sería posible entonces conservar tanto la universalidad de la ley como su referencia a casos específicos, sin entrar por ello en contradicción.

Crelier especifica muy bien en qué consiste su interpretación, ya que no se trata de una variante del situacionismo, en el que la decisión moral depende única y exclusivamente de la situación concreta, porque finalmente la decisión tiene que incluir la necesidad de una validez general o universal; pero tampoco se trata del casuismo, para el que todavía sería posible establecer un código normativo fijo, válido para todas las circunstancias similares. A decir verdad, se trata de una posición intermedia muy conflictiva y problemática entre el situacionismo y el casuismo, que viene a rebajar la teoría kantiana a un circunstancialismo insuperable. Porque ya no sería posible contar por anticipado con un sistema de normas válidas precisas y aplicables en circunstancias similares. Como dice Crelier, aludiendo a Aristóteles, es el ser humano "en singular" el que siempre y en cada circunstancia debe encontrar "la regla adecuada" (22). Desde luego, no se renuncia a la posibilidad de universalizar la máxima subjetiva de la acción, pero se trata de una universalidad válida sólo para mí, es decir, de una universalidad que realmente no es tal y que, en consecuencia, no puede aspirar a ser una "ley válida para todos los seres humanos" (condición primera de la moralidad).

Este argumento no parece ir en contra de la postura adoptada por Crelier en la parte final de su ensayo. Movido por la evidencia de las circunstancias, dice allí que "la conflictividad de la vida moral resulta en última instancia insuperable", pues "la tarea de especificar los rasgos moralmente relevantes de una situación para darle contenido a las normas válidas tiene límites que en la práctica resultan infranqueables" (26). Esto sucede sobre todo en las circunstancias de la vida que nos resultan especialmente problemáticas y conflictivas, es decir, aquellas que justamente Kant no considera, y que son precisamente las que, como ninguna otra, requerirían de "una evaluación o una acción éticamente relevantes". Puede que sea así, pero, en tal caso, "el imperativo categórico -incluso si estuviera anclado en el corazón del hombre- seria una brújula para un mundo que no conocemos o que no es el nuestro" (17).


1 En el otro ejemplo, propuesto por el autor, en el que en un incendio (y ante la imposibilidad de salvar a dos niños en peligro) resulta moralmente justificable salvar primero a nuestro hijo, sobre la base de que dicho acto no "parecería reprochable", se concluye que es posible conservar la universalidad del valor moral; finalmente, salvar a nuestro hijo es lo que cualquiera debería hacer en esa misma circunstancia. La regla conserva la segunda condición de sentido de la moralidad, pues parte de una circunstancia particular (el incendio que, en este caso, tuve que sufrir), y sin embargo no excluye la segunda, pues es válida para todos los que estén en similares circunstancias (21).


JORGE E. RINCÓN
Universidad de los Andes - Bogotá
je.rincon162@uniandes.edu.co

Cómo citar

MODERN-LANGUAGE-ASSOCIATION

Rincón, J. «Crelier, Andrés. “La reflexión moral kantiana y el problema del conflicto de deberes”». Ideas y Valores, vol. 61, n.º 150, septiembre de 2012, pp. 324-6, https://revistas.unal.edu.co/index.php/idval/article/view/37387.

ACM

[1]
Rincón, J. 2012. Crelier, Andrés. “La reflexión moral kantiana y el problema del conflicto de deberes”. Ideas y Valores. 61, 150 (sep. 2012), 324–326.

ACS

(1)
Rincón, J. Crelier, Andrés. “La reflexión moral kantiana y el problema del conflicto de deberes”. Ideas Valores 2012, 61, 324-326.

APA

Rincón, J. (2012). Crelier, Andrés. “La reflexión moral kantiana y el problema del conflicto de deberes”. Ideas y Valores, 61(150), 324–326. https://revistas.unal.edu.co/index.php/idval/article/view/37387

ABNT

RINCÓN, J. Crelier, Andrés. “La reflexión moral kantiana y el problema del conflicto de deberes”. Ideas y Valores, [S. l.], v. 61, n. 150, p. 324–326, 2012. Disponível em: https://revistas.unal.edu.co/index.php/idval/article/view/37387. Acesso em: 29 mar. 2024.

Chicago

Rincón, Jorge. 2012. «Crelier, Andrés. “La reflexión moral kantiana y el problema del conflicto de deberes”». Ideas Y Valores 61 (150):324-26. https://revistas.unal.edu.co/index.php/idval/article/view/37387.

Harvard

Rincón, J. (2012) «Crelier, Andrés. “La reflexión moral kantiana y el problema del conflicto de deberes”», Ideas y Valores, 61(150), pp. 324–326. Disponible en: https://revistas.unal.edu.co/index.php/idval/article/view/37387 (Accedido: 29 marzo 2024).

IEEE

[1]
J. Rincón, «Crelier, Andrés. “La reflexión moral kantiana y el problema del conflicto de deberes”», Ideas Valores, vol. 61, n.º 150, pp. 324–326, sep. 2012.

Turabian

Rincón, Jorge. «Crelier, Andrés. “La reflexión moral kantiana y el problema del conflicto de deberes”». Ideas y Valores 61, no. 150 (septiembre 1, 2012): 324–326. Accedido marzo 29, 2024. https://revistas.unal.edu.co/index.php/idval/article/view/37387.

Vancouver

1.
Rincón J. Crelier, Andrés. “La reflexión moral kantiana y el problema del conflicto de deberes”. Ideas Valores [Internet]. 1 de septiembre de 2012 [citado 29 de marzo de 2024];61(150):324-6. Disponible en: https://revistas.unal.edu.co/index.php/idval/article/view/37387

Descargar cita

Visitas a la página del resumen del artículo

168

Descargas

Los datos de descargas todavía no están disponibles.