Publicado

2018-01-01

La infancia y el hábitat urbano informal. Reflexiones sobre Bogotá, Colombia

The care of children and the informal urban habitat. Reflections in the context of Bogotá, Colombia

O cuidado das crianças e o habitat urbano informal. Reflexões no contexto de Bogotá, Colômbia

DOI:

https://doi.org/10.15446/bitacora.v28n1.57890

Palabras clave:

infancia, cuidado, hábitat informal, vivienda, ciudad, Bogotá. (es)
childhood, care, informal habitat, housing, city, Bogotá. (en)
infância, cuidados, habitat informal, habitação, cidade, Bogotá. (pt)

Autores/as

La Constitución Política de Colombia de 1991 reconoce en su Artículo 44 los derechos fundamentales de los niños, las niñas y los adolescentes como prevalentes sobre los derechos de los demás. Sin embargo, aún persisten factores que inter eren con el disfrute pleno de sus derechos, entre otros, las asimetrías existentes en las condiciones del hábitat, especí camente entre los asentamientos urbanos formales y los informales. En este artículo se presentan los avances de un estudio exploratorio de tipo cualitativo sobre la incidencia de las condiciones del hábitat en el disfrute de los derechos de la infancia, centrando la re exión en la relación entre los derechos a la vivienda y a la ciudad, y el derecho de la infancia al cuidado, especialmente, la que habita en asentamientos urbanos de origen informal en Bogotá. 

The Political Constitution of Colombia of 1991 in its Article 44 recognizes the fundamental rights of children and adolescents as prevailing over the rights of others. However, there are still factors that interfere with the full enjoyment of their rights, among which are the asymmetries present in the habitat conditions, speci cally between formal urban settlements and informal settlements. This article presents the advances of a qualitative exploratory study on the incidence of habitat conditions in the enjoyment of children’s rights, focusing on the relationship between housing rights and the city, with the right of children to care, especia- lly those living in informal urban settlements in Bogotá. 

A Constituição Política da Colômbia, de 1991, no seu artigo 44 reconhece os direitos fundamentais das crianças e adolescentes que prevalecem sobre os direitos dos outros. No entanto, ainda existem fatores que interferem no pleno gozo de seus direitos, entre os quais estão as assimetrias presentes nas condições do habitat, especificamente entre assentamentos urbanos formais e assentamentos informais. Este artigo apresenta os avanços de um estudo exploratório qualitativo sobre a incidência de condições de habitat no gozo dos direitos das crianças, com foco na relação entre os direitos de moradia e a cidade, com a O direito das crianças a se preocupar, especialmente aqueles que vivem em assentamentos urbanos informais em Bogotá. 

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La infancia y el hábitat
urbano informal.

Reflexiones sobre Bogotá, Colombia1

The care of children and the informal urban habitat.

Reflections in the context of Bogotá, Colombia

O cuidado das crianças e o habitat urbano informal.

Reflexões no contexto de Bogotá, Colômbia

Olga Lucía Ceballos-Ramos

Magister en Urbanismo

Pontificia Universidad Javeriana

olga.ceballos@javeriana.edu.co

Resumen

La Constitución Política de Colombia de 1991 reconoce en su Artículo 44 los derechos fundamentales de los niños, las niñas y los adolescentes como prevalentes sobre los derechos de los demás. Sin embargo, aún persisten factores que interfieren con el disfrute pleno de sus derechos, entre otros, las asimetrías existentes en las condiciones del hábitat, específicamente entre los asentamientos urbanos formales y los informales. En este artículo se presentan los avances de un estudio exploratorio de tipo cualitativo sobre la incidencia de las condiciones del hábitat en el disfrute de los derechos de la infancia, centrando la reflexión en la relación entre los derechos a la vivienda y a la ciudad, y el derecho de la infancia al cuidado, especialmente, la que habita en asentamientos urbanos de origen informal en Bogotá.

Palabras clave: infancia, cuidado, hábitat informal, vivienda, ciudad, Bogotá.

Abtract

The Political Constitution of Colombia of 1991 in its Article 44 recognizes the fundamental rights of children and adolescents as prevailing over the rights of others. However, there are still factors that interfere with the full enjoyment of their rights, among which are the asymmetries present in the habitat conditions, specifically between formal urban settlements and informal settlements. This article presents the advances of a qualitative exploratory study on the incidence of habitat conditions in the enjoyment of children’s rights, focusing on the relationship between housing rights and the city, with the right of children to care, especially those living in informal urban settlements in Bogotá.

Keywords: childhood, care, informal habitat, housing, city, Bogotá.

Resumo

A Constituição Política da Colômbia, de 1991, no seu artigo 44 reconhece os direitos fundamentais das crianças e adolescentes que prevalecem sobre os direitos dos outros. No entanto, ainda existem fatores que interferem no pleno gozo de seus direitos, entre os quais estão as assimetrias presentes nas condições do habitat, especificamente entre assentamentos urbanos formais e assentamentos informais. Este artigo apresenta os avanços de um estudo exploratório qualitativo sobre a incidência de condições de habitat no gozo dos direitos das crianças, com foco na relação entre os direitos de moradia e a cidade, com a O direito das crianças a se preocupar, especialmente aqueles que vivem em assentamentos urbanos informais em Bogotá.


Palavras-chave: infância, cuidados, habitat informal, habitação, cidade, Bogotá.

Olga Lucía
Ceballos-Ramos

Arquitecta y Magíster en Urbanismo de la Universidad Nacional de Colombia. Directora del Instituto Javeriano de Vivienda y Urbanismo de la Pontificia Universidad Javeriana entre 2002 y 2016. Lidera el grupo de investigación Calidad y Habitabilidad de la Vivienda, con el cual ha realizado investigaciones sobre la vivienda social en Colombia. Actualmente, es la directora editorial de la revista científica Cuadernos de Vivienda y Urbanismo, y profesora asociada del Departamento de Arquitectura de la Facultad de Arquitectura y Diseño de la Pontificia Universidad Javeriana.

Introducción

En estudios sobre la infancia en contextos urbanos se tiende a hacer énfasis sobre los derechos de los niños, las niñas y adolescentes (en adelante, NNA) a disfrutar de la ciudad y a participar de las decisiones que allí se toman. Al respecto, Roger Hart (1993) llama la atención sobre las limitaciones que tienen los gobiernos de las ciudades en la participación de los NNA en las decisiones que los afectan. Como señala Francesco Tonucci (2005), la ciudad moderna los ha relegado a un segundo plano para privilegiar a los adultos. Se disponen entonces espacios especializados y controlados para los NNA, en tanto que la calle es destinada para la movilidad automotriz, con lo cual se les niega autonomía tanto para movilizarse, como para disfrutar del espacio público. Para Daniel Sanz (2014) la explicación de las limitaciones señaladas reside en privilegiar a los ciudadanos adultos con referencia a la productividad económica, frente a lo cual los derechos de los menores siempre estarán subordinados. Este tipo de exclusión del espacio público también significa su expulsión de la comunidad, lo que denota vulneración de sus derechos tanto al juego, como a su ejercicio de la ciudadanía (Gülgönen y Corona, 2015).

No obstante, existe una realidad que se contrapone a estas reflexiones y es la situación de la infancia en los asentamientos urbanos de origen informal, en donde las condiciones socio económicas y de hábitat inciden en la experiencia de la ciudad, al igual que en el disfrute de sus derechos de manera diferente de quienes habitan en los asentamientos de origen formal. Como señala Jackeline Duarte-Duarte (2013), los NNA no se ven igual a sí mismos si pertenecen a diferente clase social o condición de vida. A esto se suma que quienes habitan en asentamientos de origen informal, generalmente, viven en situación de pobreza, donde están más expuestos a la violencia o a la separación de sus familias, entre otras problemáticas. Adicionalmente, los NNA en situación de pobreza están expuestos a condiciones medioambientales de mayor contaminación, a vivir en casas en condición de hacinamiento y de mala calidad, localizadas en vecindarios peligrosos y con servicios públicos deficientes (Cardona Gómez y Cardona Echeverry, 2008; Auyero, 2010).

En el marco de un estudio exploratorio de tipo cualitativo sobre la incidencia de las condiciones del hábitat en el disfrute pleno de los derechos de la infancia, en este artículo se presenta una reflexión sobre dicha incidencia con respecto a su derecho al cuidado, haciendo énfasis en los NNA que habitan en contextos urbanos de origen informal.

El derecho a la vivienda y a la ciudad

La Constitución Política de 1991 (República de Colombia, 1991) estipula los derechos a la ciudad, a la vivienda digna, a la función social y ecológica de la propiedad. No obstante, una mirada a las políticas de vivienda y a las políticas territoriales del país permite comprender las limitaciones existentes para el debido cumplimiento de estos derechos. Con relación al derecho a la vivienda digna, el Estado ha asumido el papel de regulador de la producción de la vivienda social mediante la expedición de la Ley 3 de 1991 (Congreso de Colombia, 1991), con una política centrada principalmente en el otorgamiento de subsidios a la demanda para el acceso a la vivienda en propiedad. Por medio de esta estrategia se estableció que un hogar colombiano con ingresos de hasta cuatro salarios mínimos mensuales legales vigentes puede acceder a una vivienda a través del subsidio otorgado por el gobierno, sus ahorros y un crédito hipotecario.

Aun cuando este cambio en la política estatal de vivienda pretendía mejorar la eficiencia del Estado en la atención del déficit habitacional, en 2009 Nicolás Cuervo y Samuel Jaramillo demostraron que, pasadas dos décadas desde dicho cambio, la situación no había mejorado como se esperaba (Cuervo y Jaramillo, 2009). En contraste, la informalidad en la producción del hábitat continuaba avanzando en las ciudades colombianas como una alternativa para la población más pobre que no podía acceder a una solución formal de vivienda por no contar con el nivel de ingresos y la capacidad de ahorro exigidos para obtener un crédito hipotecario y lograr, de esta manera, el cierre financiero (Torres, et al., 2007).

Es, entonces, la incapacidad de los gobiernos de ser facilitadores del acceso a la vivienda lo que promueve que las mismas comunidades autoproduzcan su hábitat y su vivienda, y así estas inician un largo y doloroso camino para procurarse, por sus propios medios, una solución habitacional (Torres, et al., 2007: 68).

Esta situación continúa presente pese a que, en el ordenamiento territorial instaurado en la Ley 388 de 1997 (Congreso de Colombia, 1997), se definieron los sistemas de planeamiento y de gestión del suelo, con lo cual se ha pretendido el logro de suelo urbano para la producción de vivienda social. Aunque han pasado dos décadas desde el inicio de este enfoque en la planeación territorial del país, permanecen las dificultades en la gestión del suelo para la producción de vivienda para los más pobres, población que, como se señaló líneas atrás, soluciona de forma precaria su problema de alojamiento mediante los desarrollos informales, con lo que se agudiza la exclusión social en la ciudad. Lo anterior, si se considera que

la existencia de un mercado informal (denominado ilegal) de suelo urbano está determinado, entre otros factores, por la falta de programas accesibles de vivienda social, el alto costo de la tierra urbanizada y una inversión pública inadecuada en infraestructura urbana (Torres, et al., 2009: 42).

En este contexto, tanto el gobierno nacional como el distrital han implementado cambios recientes al modelo, devolviendo al Estado su rol activo en la producción de vivienda para los hogares más vulnerables. Se ha recurrido nuevamente al subsidio a la oferta como estrategia de gestión y financiamiento para las familias más vulnerables, con lo cual se ha logrado impactar principalmente el déficit cuantitativo. Según los resultados del censo general de 2005, el problema de los déficit cuantitativo y cualitativo de vivienda afectaba al 27% de los hogares, lo cual equivalía a 2.216.863 hogares en total, 1.031.256 en déficit cuantitativo y 1.185.607 en déficit cualitativo (DANE, 2005). El dato más reciente al respecto, señala un descenso al 16.48% equivalente a un total de 1.647.093 hogares, de los cuales 554.087 corresponden al déficit cuantitativo y 1.093.006 al cualitativo, lo que, si bien significa un avance importante en la atención de esta problemática, señala que aún hay un alto número de hogares sin una solución de vivienda, en tanto que la cantidad de los que habitan en viviendas en condiciones deficitarias ha aumentado (Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, 2014). Pero, en esencia, se mantiene una base de la política fundamentada en el funcionamiento correcto del mercado como garante tanto del acceso a la vivienda, como de su calidad. De esta manera, se perpetúan las condiciones de segregación urbana y de condiciones generales deficientes en la habitabilidad de la vivienda (Tarchópulos y Ceballos, 2003; Ceballos, Caquimbo y Rincón, 2015).

Lo anterior resulta evidente en el caso de Bogotá, en donde la inclusión de los instrumentos dispuestos por la Ley 388 de 1997 (Congreso de Colombia, 1997) no ha transformado su condición de ciudad altamente segregada socioespacialmente, con una tendencia marcada a localizar a los más pobres en la periferia de la ciudad en condiciones deficitarias. Esta forma de crecimiento de la urbe, caracterizado por pequeñas porciones de suelo desarrollado en su mayoría al margen del planeamiento urbano, ha sido parte de un proceso iniciado en los años cincuenta del siglo anterior con un alto impacto en la ciudad.2 Se trata de desarrollos urbanos que, además de estar localizados en la periferia de la ciudad, ocupan terrenos en condiciones de riesgo por deslizamiento o inundación, mala conexión con la ciudad y con un déficit alto de servicios urbanos (Tarchópulos y Ceballos, 2005). Si bien la expansión de la ciudad los ha ido integrando, con lo cual algunos desarrollos han mejorado su situación inicial, aún existen muchos en los que sus residentes tienen unas condiciones de habitabilidad altamente deficitarias, pues se trata de un fenómeno que sigue sucediendo.

Varios estudios han demostrado la relación entre habitabilidad y salud, como uno de los impactos de la habitabilidad en la calidad de vida de las personas. Al respecto, en el caso de las áreas urbanas de origen informal se tienen evidencias de peores resultados en salud con respecto a las áreas formales, asociado a condiciones de habitabilidad deficientes (Vlahov, et al., 2007). Diversas investigaciones asocian la tasa de mortalidad infantil con la proporción de marginalidad urbana, independiente del grado general de desarrollo de la ciudad. Los efectos negativos se ven reflejados tanto en la salud física, como en la mental, la cual también se afecta ya que las deficiencias presentes al interior de las viviendas no se compensan en un espacio público que permita la recreación, incidiendo en los sentimientos de frustración y pesimismo de las personas (Galea y Vlahov, 2005). Otro efecto negativo sobre la salud física es la asociación entre las enfermedades crónicas y la ausencia de parques en los barrios, al propiciar una vida sedentaria de los residentes (Galea y Vlahov, 2005). En el caso colombiano, un estudio reciente ha demostrado que las malas condiciones de habitabilidad generan disparidades en salud, siendo una situación injusta y evitable en las que los más afectados son los hogares pobres, los cuales habitan generalmente en asentamientos de origen informal (Ceballos, et al., 2015).

Los asentamientos informales tienden a generar las mayores problemáticas por tener las deficiencias más elevadas en las condiciones de habitabilidad, tanto al interior como en el exterior de las viviendas (Tarchópulos y Ceballos, 2003). Una de las afectaciones más grandes es el hacinamiento, pues genera problemas en la salud tanto a nivel físico, por ejemplo, relacionado con enfermedades respiratorias que pueden convertirse en crónicas, como a nivel mental, en la generación de sentimientos depresivos y de circunstancias propicias para el abuso sexual asociado a la falta de privacidad3 (Ceballos, et al., 2014).

Esto impacta especialmente a los NNA, quienes deben crecer en un hábitat que no contribuye a un buen desarrollo. Al respecto, Rubén Kaztman (2011) ha demostrado que unas condiciones inadecuadas de habitabilidad inciden de manera negativa en el desarrollo del capital humano, con lo cual es difícil desactivar los mecanismos de reproducción intergeneracional de la pobreza. En este sentido, se puede afirmar que unas condiciones inadecuadas del hábitat vulneran los derechos de los NNA y, si bien hay estudios referidos a la pobreza infantil, aún no se ha profundizado de manera suficiente en esta perspectiva.

Infancia y derechos

El año 1989 constituye un momento importante en el reconocimiento de los derechos de la infancia en el marco de la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de la ONU en noviembre de ese año. Dicha Convención, que fue ratificada por casi todas las naciones, generó un cambio conceptual con respecto a los NNA como objeto bajo la tutela del Estado, para reconocerlos como sujetos de derechos (Ortiz, 2007; Cardona Gómez y Cardona Echeverry, 2008). Las prácticas sociales relacionadas con la infancia empezaron a ser sometidas a examen, a lo que se suman los cambios en las dinámicas cotidianas de las familias y las instituciones primarias de socialización (Osses, et al., 2014).

A finales de la década de 1990 se reconocían avances importantes en el descenso de la mortalidad infantil en Latinoamérica y el Caribe, al igual que en los niveles de desnutrición, pero este último continúa siendo importante, especialmente en áreas rurales. Un factor de riesgo asociado a esta problemática lo constituye la pobreza con diversos inconvenientes en el desarrollo de niños y niñas quienes no pueden disfrutar su infancia (UNICEF, 2016; Cardona Gómez y Cardona Echeverry, 2008).

Lo expuesto permite suponer que la percepción y la experiencia de la infancia son diferentes para los niños y niñas que viven en situación de pobreza, y en asentamientos urbanos de origen informal, que para quienes habitan en los formales. En este contexto, los NNA de hogares pobres que viven en asentamientos informales están no solo en una situación de desventaja económica y social, sino en un alto grado de vulnerabilidad en el acceso a sus derechos. En consecuencia, la prioridad de la política pública en materia de infancia debería encaminarse hacia la reducción de la brecha existente entre quienes habitan en los asentamientos informales, con respecto a los que viven en los formales.

El cuidado de la infancia en la ciudad informal

Actualmente, el cuidado de niños, niñas y adolescentes es considerado un bien público de responsabilidad colectiva, por lo cual no se trata de una responsabilidad privada a cargo de la familia. Como señala Eleonor Faur (2014), el Estado debe regular y proveer los servicios de cuidado sin delegarlo exclusivamente al mercado, pues aumentarían las asimetrías presentes en la sociedad.

En el caso colombiano, el Estado ha asumido la responsabilidad de defender los derechos de los NNA. El Artículo 44 de la Constitución (República de Colombia, 1991) reconoce el grado especial de protección que requieren por sus condiciones de vulnerabilidad y su estado de indefensión, al igual que la atención especial con que se debe salvaguardar su proceso de desarrollo y formación. Por su parte, la Ley 1098 de 2006 (Congreso de la República, 2006), por la cual se expide el Código de la Infancia y Adolescencia, enuncia como esenciales los principios del interés superior, la prevalencia de derechos y la corresponsabilidad entre el Estado, la sociedad y la familia para la garantía de sus derechos (CODIA, 2011).

Cabe destacar, sin embargo, que desde la década de 1970 el país ha venido trabajando en pro de la infancia, especialmente de la primera infancia. Como uno los sus programas dirigidos especialmente a la población en situación de vulnerabilidad económica y social, se destaca el de los Hogares Comunitarios a cargo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF. Este programa se inició en el año 1987 y ha atendido a poblaciones urbanas, semiurbanas y rurales en situación de pobreza severa y por debajo del nivel de pobreza, con prioridad para los hogares encabezados por mujeres, familias victimas del desplazamiento forzado por el conflicto armado interno y familias indígenas (UNICEF, 2010).

En el caso de Bogotá, este programa ha tenido una presencia importante en los barrios de origen informal que se desarrollaron en las localidades de Ciudad Bolívar y Usme a principios de la década de 1980, pues, de hecho, fueron las mujeres que residían allí quienes se organizaron para atender el cuidado de los niños y las niñas. Con el apoyo de la comunidad, fueron estableciendo pequeños jardines infantiles, pero al no poder sostenerlos, demandaron del Estado y específicamente del ICBF (institución del nivel nacional) y del Departamento Administrativo de Bienestar Social, DABS (institución en el ámbito distrital) el reconocimiento y la financiación necesarios para la continuidad del servicio (García, 2013).

El programa de Hogares Comunitarios tiene una trayectoria amplia a nivel nacional en el cuidado de la primera infancia, pero aún presenta limitaciones en la calidad de su servicio. Si bien el ICBF realiza un proceso de selección y capacitación de los cuidadores, los requisitos son muy básicos y apenas recientemente se está exigiendo algún tipo de formación específica para cumplir esta función (ICBF, 2017). De otra parte, el servicio se presta en la vivienda del cuidador, lo cual, en el caso de los asentamientos de origen informal, significa de entrada unas condiciones no adecuadas para el cuidado de grupos de entre doce y catorce niños y niñas menores de 5 años (González y Durán, 2012). Dichas viviendas suelen tener condiciones altas de humedad, mala ventilación, deficiencias de iluminación natural y hacinamiento, entre otros (Tarchópulos y Ceballos, 2003).

Otra limitación de los jardines del ICBF es su horario de servicio: de 8 am a 5 pm y de lunes a viernes. Si se considera la situación de padres o tutores que trabajan generalmente en zonas muy alejadas de su lugar de vivienda, esto supone un tiempo de desplazamientos que, en Bogotá, puede ser de hasta tres horas por trayecto, lo cual les demanda salir hacia el trabajo a las 5 am o antes, y regresar luego de las 7 pm.4 Si los padres o tutores no cuentan con redes de apoyo que les permita cubrir la diferencia de horario, quedan ante dos opciones: pagar a un vecino o a un familiar, o dejar encerrados a sus hijos en las viviendas durante su ausencia, con todos los riesgos que suponen ambas alternativas.

Los jardines infantiles ofertados por la administración distrital cuentan con una calidad superior a los del ICBF pues son atendidos por personas capacitadas y en instalaciones destinadas específicamente para ese servicio. Sus limitaciones en este caso son de cobertura, pues en 2015 se contaba con apenas 437 para toda la ciudad, de los cuales solamente uno presta servicio los días sábado (CODIA, 2016). En una ciudad donde cerca de la tercera parte ha tenido un origen informal (Secretaría Distrital del Hábitat y CENAC, 2011), con un poco más de 600.000 de niños y niñas menores de 5 años (Secretaría Distrital de Planeación, 2015), se puede estimar que al menos 200.000 niños y niñas requerirían el servicio de los jardines públicos,5 los cuales no siempre se encuentran cerca de su lugar de residencia y, al igual que los del ICBF, tienen las limitaciones de los horarios de servicio.

Con relación a los demás rangos de edad, es decir infancia y adolescencia, las dificultades frente al cuidado se incrementan. La jornada escolar en la mayoría de los colegios públicos solamente cubre medio día: mañana o tarde. Los padres o tutores que trabajan todo el día lejos de sus lugares de residencia no pueden estar con sus hijos cuando la jornada escolar finaliza o antes de su inicio, según sea el caso. Esto conlleva a una autonomía obligada de los NNA cuando padres y tutores no cuentan con redes de apoyo. Muchos NNA deben ir y volver solos de la escuela, preparar sus alimentos y, en ocasiones, asumir el cuidado de hermanos menores.

Las situaciones expuestas no son tenidas en consideración por los programas públicos encargados de proveer servicios de cuidado. En este sentido, se puede señalar el desconocimiento de las condiciones en las que habitan los NNA y las de sus familias, en la formulación e implementación de los programas dirigidos a su cuidado. Adicionalmente, se está privilegiando el cuidado de la primera infancia como una responsabilidad compartida entre el Estado, la familia y la sociedad, con las limitaciones señaladas, pero el de la infancia y la adolescencia se delega prácticamente a la familia y a la escuela, sin un soporte que permita cubrir el tiempo libre, o la ausencia de padres o tutores por sus demandas laborales.

A manera de conclusión

El país ha avanzado en el reconocimiento de los derechos ciudadanos a la vivienda, a la ciudad y al territorio, y en el caso específico de la infancia, en la prevalencia de sus derechos, lo cual demostraría armonía con el contexto internacional. Sin embargo, los resultados obtenidos en materia de cumplimiento de estos derechos para la población en situación de pobreza siguen siendo muy limitados, como lo señalan las cifras referidas en este artículo.

En el caso específico de la infancia, uno de sus derechos más importantes, el cuidado, está mediado por las condiciones de habitar en el territorio. Como señala Olga Segovia (2016) con respecto al cuidado en la ciudad, en general, es necesario definir una morfología del tiempo que considere los horarios y las distancias de las actividades urbanas, de manera que sea posible brindar una mejor calidad de vida a las personas y la posibilidad de compatibilizar adecuadamente el trabajo remunerado y el cuidado de los miembros de la familia que lo requieren.

Pero no se trata solamente de compatibilizar tiempos y actividades, sino de brindar las mismas oportunidades de acceso al empleo y a los servicios a todos los que habitan en la ciudad de manera indiferente a su condición social y/o económica. La segregación urbana, como se mencionó anteriormente, es un factor de inequidad que, en el caso de los NNA, los expone a los riesgos derivados de no contar con condiciones apropiadas para su cuidado. También, limita su acceso a oportunidades que permitan mejorar su calidad de vida. Esto demanda un esfuerzo mayor para la planeación urbana en tanto debe atender los déficits acumulados y evitar que se continúen presentando en los nuevos desarrollos urbanos.

De igual manera, en la atención al problema de la vivienda es necesario avanzar en la construcción de una política pública más enfocada en los logros sociales que en los económicos (Ceballos, Caquimbo y Rincón, 2015). El enfoque actual, más centrado en lo económico, no contribuye a mejorar la calidad de vida, ni a romper con la transmisión intergeneracional de la pobreza y, por el contrario, puede favorecer a que se mantenga.

Lo expuesto debería conducir a una reflexión seria sobre las apuestas que se realizan en materia de políticas públicas en términos sociales, cuando la dignidad de las personas queda sometida a la economía y no se consideran unos mínimos sociales de base. Se trata de una realidad en donde el sector de la población con derechos prevalentes, como es el caso de los niños, niñas y adolescentes, queda sometido a una protección limitada con acciones reactivas cuando ya ha sufrido daño físico y moral. Solamente cuando las políticas públicas territoriales y de vivienda tengan como centro la defensa de la dignidad humana aportarán de manera efectiva al disfrute de los derechos que tienen los NNA en Colombia, reduciendo las brechas existentes entre quienes habitan en la ciudad formal con respecto a la informal.

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1 Este artículo hace parte de la investigación Infancias y ciudades. Una lectura desde las formas de habitar el territorio en Bogotá, financiada por la Pontificia Universidad Javeriana de Bogotá, 2015-2017.

2 Se estima que los desarrollos informales ascienden al 33% del total de las hectáreas desarrolladas en la ciudad entre 1950 y 2000, equivalente a 7.468 hectáreas (Secretaría Distrital del Hábitat y CENAC, 2011).

3 Las estadísticas señalan que el lugar en donde se presenta la mayor cantidad de violaciones de niñas, niños y adolescentes es en sus viviendas, seguido por las calles y los parques (CODIA, 2011).

4 El 32% de los usuarios en Bogotá, Ciudad de México y San Pablo viajan más de dos horas en el transporte público diariamente. Brasilia y Bogotá son las ciudades donde las personas dedican más tiempo de espera en las estaciones, 28 y 20 minutos respectivamente (Dinero, 2016)

5 En 2015, la Encuesta de Calidad de Vida del DANE (2015) reportó que 1 de cada 100 niños menores de 5 años en Bogotá no cuenta con servicios de cuidado integral.

Recibido: 1 de abril de 2016

Aprobado: 18 de noviembre de 2017

https://doi.org/10.15446/bitacora.v28n1.57890

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Artículos

Resumen

La Constitución Política de Colombia de 1991 reconoce en su Artículo 44 los derechos fundamentales de los niños, las niñas y los adolescentes como prevalentes sobre los derechos de los demás. Sin embargo, aún persisten factores que interfieren con el disfrute pleno de sus derechos, entre otros, las asimetrías existentes en las condiciones del hábitat, específicamente entre los asentamientos urbanos formales y los informales. En este artículo se presentan los avances de un estudio exploratorio de tipo cualitativo sobre la incidencia de las condiciones del hábitat en el disfrute de los derechos de la infancia, centrando la reflexión en la relación entre los derechos a la vivienda y a la ciudad, y el derecho de la infancia al cuidado, especialmente, la que habita en asentamientos urbanos de origen informal en Bogotá.

Palabras clave

infancia, cuidado, hábitat informal, vivienda, ciudad, Bogotá.

Abstract

The Political Constitution of Colombia of 1991 in its Article 44 recognizes the fundamental rights of children and adolescents as prevailing over the rights of others. However, there are still factors that interfere with the full enjoyment of their rights, among which are the asymmetries present in the habitat conditions, specifically between formal urban settlements and informal settlements. This article presents the advances of a qualitative exploratory study on the incidence of habitat conditions in the enjoyment of children’s rights, focusing on the relationship between housing rights and the city, with the right of children to care, especially those living in informal urban settlements in Bogotá.

Keywords

childhood, care, informal habitat, housing, city, Bogotá.

Resumo

A Constituição Política da Colômbia, de 1991, no seu artigo 44 reconhece os direitos fundamentais das crianças e adolescentes que prevalecem sobre os direitos dos outros. No entanto, ainda existem fatores que interferem no pleno gozo de seus direitos, entre os quais estão as assimetrias presentes nas condições do habitat, especificamente entre assentamentos urbanos formais e assentamentos informais. Este artigo apresenta os avanços de um estudo exploratório qualitativo sobre a incidência de condições de habitat no gozo dos direitos das crianças, com foco na relação entre os direitos de moradia e a cidade, com a O direito das crianças a se preocupar, especialmente aqueles que vivem em assentamentos urbanos informais em Bogotá.

Palavras-chave

infância, cuidados, habitat informal, habitação, cidade, Bogotá.

Introducción

En estudios sobre la infancia en contextos urbanos se tiende a hacer énfasis sobre los derechos de los niños, las niñas y adolescentes (en adelante, NNA) a disfrutar de la ciudad y a participar de las decisiones que allí se toman. Al respecto, Roger Hart (1993) llama la atención sobre las limitaciones que tienen los gobiernos de las ciudades en la participación de los NNA en las decisiones que los afectan. Como señala Francesco Tonucci (2005), la ciudad moderna los ha relegado a un segundo plano para privilegiar a los adultos. Se disponen entonces espacios especializados y controlados para los NNA, en tanto que la calle es destinada para la movilidad automotriz, con lo cual se les niega autonomía tanto para movilizarse, como para disfrutar del espacio público. Para Daniel Sanz (2014) la explicación de las limitaciones señaladas reside en privilegiar a los ciudadanos adultos con referencia a la productividad económica, frente a lo cual los derechos de los menores siempre estarán subordinados. Este tipo de exclusión del espacio público también significa su expulsión de la comunidad, lo que denota vulneración de sus derechos tanto al juego, como a su ejercicio de la ciudadanía (Gülgönen y Corona, 2015).

No obstante, existe una realidad que se contrapone a estas reflexiones y es la situación de la infancia en los asentamientos urbanos de origen informal, en donde las condiciones socio económicas y de hábitat inciden en la experiencia de la ciudad, al igual que en el disfrute de sus derechos de manera diferente de quienes habitan en los asentamientos de origen formal. Como señala Jackeline Duarte-Duarte (2013), los NNA no se ven igual a sí mismos si pertenecen a diferente clase social o condición de vida. A esto se suma que quienes habitan en asentamientos de origen informal, generalmente, viven en situación de pobreza, donde están más expuestos a la violencia o a la separación de sus familias, entre otras problemáticas. Adicionalmente, los NNA en situación de pobreza están expuestos a condiciones medioambientales de mayor contaminación, a vivir en casas en condición de hacinamiento y de mala calidad, localizadas en vecindarios peligrosos y con servicios públicos deficientes (Cardona Gómez y Cardona Echeverry, 2008; Auyero, 2010).

En el marco de un estudio exploratorio de tipo cualitativo sobre la incidencia de las condiciones del hábitat en el disfrute pleno de los derechos de la infancia, en este artículo se presenta una reflexión sobre dicha incidencia con respecto a su derecho al cuidado, haciendo énfasis en los NNA que habitan en contextos urbanos de origen informal.

El derecho a la vivienda y a la ciudad

La Constitución Política de 1991 (República de Colombia, 1991) estipula los derechos a la ciudad, a la vivienda digna, a la función social y ecológica de la propiedad. No obstante, una mirada a las políticas de vivienda y a las políticas territoriales del país permite comprender las limitaciones existentes para el debido cumplimiento de estos derechos. Con relación al derecho a la vivienda digna, el Estado ha asumido el papel de regulador de la producción de la vivienda social mediante la expedición de la Ley 3 de 1991 (Congreso de Colombia, 1991), con una política centrada principalmente en el otorgamiento de subsidios a la demanda para el acceso a la vivienda en propiedad. Por medio de esta estrategia se estableció que un hogar colombiano con ingresos de hasta cuatro salarios mínimos mensuales legales vigentes puede acceder a una vivienda a través del subsidio otorgado por el gobierno, sus ahorros y un crédito hipotecario.

Aun cuando este cambio en la política estatal de vivienda pretendía mejorar la eficiencia del Estado en la atención del déficit habitacional, en 2009 Nicolás Cuervo y Samuel Jaramillo demostraron que, pasadas dos décadas desde dicho cambio, la situación no había mejorado como se esperaba (Cuervo y Jaramillo, 2009). En contraste, la informalidad en la producción del hábitat continuaba avanzando en las ciudades colombianas como una alternativa para la población más pobre que no podía acceder a una solución formal de vivienda por no contar con el nivel de ingresos y la capacidad de ahorro exigidos para obtener un crédito hipotecario y lograr, de esta manera, el cierre financiero (Torres, et al., 2007).

Es, entonces, la incapacidad de los gobiernos de ser facilitadores del acceso a la vivienda lo que promueve que las mismas comunidades autoproduzcan su hábitat y su vivienda, y así estas inician un largo y doloroso camino para procurarse, por sus propios medios, una solución habitacional (Torres, et al., 2007: 68).

Esta situación continúa presente pese a que, en el ordenamiento territorial instaurado en la Ley 388 de 1997 (Congreso de Colombia, 1997), se definieron los sistemas de planeamiento y de gestión del suelo, con lo cual se ha pretendido el logro de suelo urbano para la producción de vivienda social. Aunque han pasado dos décadas desde el inicio de este enfoque en la planeación territorial del país, permanecen las dificultades en la gestión del suelo para la producción de vivienda para los más pobres, población que, como se señaló líneas atrás, soluciona de forma precaria su problema de alojamiento mediante los desarrollos informales, con lo que se agudiza la exclusión social en la ciudad. Lo anterior, si se considera que

la existencia de un mercado informal (denominado ilegal) de suelo urbano está determinado, entre otros factores, por la falta de programas accesibles de vivienda social, el alto costo de la tierra urbanizada y una inversión pública inadecuada en infraestructura urbana (Torres, et al., 2009: 42).

En este contexto, tanto el gobierno nacional como el distrital han implementado cambios recientes al modelo, devolviendo al Estado su rol activo en la producción de vivienda para los hogares más vulnerables. Se ha recurrido nuevamente al subsidio a la oferta como estrategia de gestión y financiamiento para las familias más vulnerables, con lo cual se ha logrado impactar principalmente el déficit cuantitativo. Según los resultados del censo general de 2005, el problema de los déficit cuantitativo y cualitativo de vivienda afectaba al 27% de los hogares, lo cual equivalía a 2.216.863 hogares en total, 1.031.256 en déficit cuantitativo y 1.185.607 en déficit cualitativo (DANE, 2005). El dato más reciente al respecto, señala un descenso al 16.48% equivalente a un total de 1.647.093 hogares, de los cuales 554.087 corresponden al déficit cuantitativo y 1.093.006 al cualitativo, lo que, si bien significa un avance importante en la atención de esta problemática, señala que aún hay un alto número de hogares sin una solución de vivienda, en tanto que la cantidad de los que habitan en viviendas en condiciones deficitarias ha aumentado (Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, 2014). Pero, en esencia, se mantiene una base de la política fundamentada en el funcionamiento correcto del mercado como garante tanto del acceso a la vivienda, como de su calidad. De esta manera, se perpetúan las condiciones de segregación urbana y de condiciones generales deficientes en la habitabilidad de la vivienda (Tarchópulos y Ceballos, 2003; Ceballos, Caquimbo y Rincón, 2015).

Lo anterior resulta evidente en el caso de Bogotá, en donde la inclusión de los instrumentos dispuestos por la Ley 388 de 1997 (Congreso de Colombia, 1997) no ha transformado su condición de ciudad altamente segregada socioespacialmente, con una tendencia marcada a localizar a los más pobres en la periferia de la ciudad en condiciones deficitarias. Esta forma de crecimiento de la urbe, caracterizado por pequeñas porciones de suelo desarrollado en su mayoría al margen del planeamiento urbano, ha sido parte de un proceso iniciado en los años cincuenta del siglo anterior con un alto impacto en la ciudad.2 Se trata de desarrollos urbanos que, además de estar localizados en la periferia de la ciudad, ocupan terrenos en condiciones de riesgo por deslizamiento o inundación, mala conexión con la ciudad y con un déficit alto de servicios urbanos (Tarchópulos y Ceballos, 2005). Si bien la expansión de la ciudad los ha ido integrando, con lo cual algunos desarrollos han mejorado su situación inicial, aún existen muchos en los que sus residentes tienen unas condiciones de habitabilidad altamente deficitarias, pues se trata de un fenómeno que sigue sucediendo.

Varios estudios han demostrado la relación entre habitabilidad y salud, como uno de los impactos de la habitabilidad en la calidad de vida de las personas. Al respecto, en el caso de las áreas urbanas de origen informal se tienen evidencias de peores resultados en salud con respecto a las áreas formales, asociado a condiciones de habitabilidad deficientes (Vlahov, et al., 2007). Diversas investigaciones asocian la tasa de mortalidad infantil con la proporción de marginalidad urbana, independiente del grado general de desarrollo de la ciudad. Los efectos negativos se ven reflejados tanto en la salud física, como en la mental, la cual también se afecta ya que las deficiencias presentes al interior de las viviendas no se compensan en un espacio público que permita la recreación, incidiendo en los sentimientos de frustración y pesimismo de las personas (Galea y Vlahov, 2005). Otro efecto negativo sobre la salud física es la asociación entre las enfermedades crónicas y la ausencia de parques en los barrios, al propiciar una vida sedentaria de los residentes (Galea y Vlahov, 2005). En el caso colombiano, un estudio reciente ha demostrado que las malas condiciones de habitabilidad generan disparidades en salud, siendo una situación injusta y evitable en las que los más afectados son los hogares pobres, los cuales habitan generalmente en asentamientos de origen informal (Ceballos, et al., 2015).

Los asentamientos informales tienden a generar las mayores problemáticas por tener las deficiencias más elevadas en las condiciones de habitabilidad, tanto al interior como en el exterior de las viviendas (Tarchópulos y Ceballos, 2003). Una de las afectaciones más grandes es el hacinamiento, pues genera problemas en la salud tanto a nivel físico, por ejemplo, relacionado con enfermedades respiratorias que pueden convertirse en crónicas, como a nivel mental, en la generación de sentimientos depresivos y de circunstancias propicias para el abuso sexual asociado a la falta de privacidad3 (Ceballos, et al., 2014).

Esto impacta especialmente a los NNA, quienes deben crecer en un hábitat que no contribuye a un buen desarrollo. Al respecto, Rubén Kaztman (2011) ha demostrado que unas condiciones inadecuadas de habitabilidad inciden de manera negativa en el desarrollo del capital humano, con lo cual es difícil desactivar los mecanismos de reproducción intergeneracional de la pobreza. En este sentido, se puede afirmar que unas condiciones inadecuadas del hábitat vulneran los derechos de los NNA y, si bien hay estudios referidos a la pobreza infantil, aún no se ha profundizado de manera suficiente en esta perspectiva.

Infancia y derechos

El año 1989 constituye un momento importante en el reconocimiento de los derechos de la infancia en el marco de la Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada por la Asamblea General de la ONU en noviembre de ese año. Dicha Convención, que fue ratificada por casi todas las naciones, generó un cambio conceptual con respecto a los NNA como objeto bajo la tutela del Estado, para reconocerlos como sujetos de derechos (Ortiz, 2007; Cardona Gómez y Cardona Echeverry, 2008). Las prácticas sociales relacionadas con la infancia empezaron a ser sometidas a examen, a lo que se suman los cambios en las dinámicas cotidianas de las familias y las instituciones primarias de socialización (Osses, et al., 2014).

A finales de la década de 1990 se reconocían avances importantes en el descenso de la mortalidad infantil en Latinoamérica y el Caribe, al igual que en los niveles de desnutrición, pero este último continúa siendo importante, especialmente en áreas rurales. Un factor de riesgo asociado a esta problemática lo constituye la pobreza con diversos inconvenientes en el desarrollo de niños y niñas quienes no pueden disfrutar su infancia (UNICEF, 2016; Cardona Gómez y Cardona Echeverry, 2008).

Lo expuesto permite suponer que la percepción y la experiencia de la infancia son diferentes para los niños y niñas que viven en situación de pobreza, y en asentamientos urbanos de origen informal, que para quienes habitan en los formales. En este contexto, los NNA de hogares pobres que viven en asentamientos informales están no solo en una situación de desventaja económica y social, sino en un alto grado de vulnerabilidad en el acceso a sus derechos. En consecuencia, la prioridad de la política pública en materia de infancia debería encaminarse hacia la reducción de la brecha existente entre quienes habitan en los asentamientos informales, con respecto a los que viven en los formales.

El cuidado de la infancia en la ciudad informal

Actualmente, el cuidado de niños, niñas y adolescentes es considerado un bien público de responsabilidad colectiva, por lo cual no se trata de una responsabilidad privada a cargo de la familia. Como señala Eleonor Faur (2014), el Estado debe regular y proveer los servicios de cuidado sin delegarlo exclusivamente al mercado, pues aumentarían las asimetrías presentes en la sociedad.

En el caso colombiano, el Estado ha asumido la responsabilidad de defender los derechos de los NNA. El Artículo 44 de la Constitución (República de Colombia, 1991) reconoce el grado especial de protección que requieren por sus condiciones de vulnerabilidad y su estado de indefensión, al igual que la atención especial con que se debe salvaguardar su proceso de desarrollo y formación. Por su parte, la Ley 1098 de 2006 (Congreso de la República, 2006), por la cual se expide el Código de la Infancia y Adolescencia, enuncia como esenciales los principios del interés superior, la prevalencia de derechos y la corresponsabilidad entre el Estado, la sociedad y la familia para la garantía de sus derechos (CODIA, 2011).

Cabe destacar, sin embargo, que desde la década de 1970 el país ha venido trabajando en pro de la infancia, especialmente de la primera infancia. Como uno los sus programas dirigidos especialmente a la población en situación de vulnerabilidad económica y social, se destaca el de los Hogares Comunitarios a cargo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF. Este programa se inició en el año 1987 y ha atendido a poblaciones urbanas, semiurbanas y rurales en situación de pobreza severa y por debajo del nivel de pobreza, con prioridad para los hogares encabezados por mujeres, familias victimas del desplazamiento forzado por el conflicto armado interno y familias indígenas (UNICEF, 2010).

En el caso de Bogotá, este programa ha tenido una presencia importante en los barrios de origen informal que se desarrollaron en las localidades de Ciudad Bolívar y Usme a principios de la década de 1980, pues, de hecho, fueron las mujeres que residían allí quienes se organizaron para atender el cuidado de los niños y las niñas. Con el apoyo de la comunidad, fueron estableciendo pequeños jardines infantiles, pero al no poder sostenerlos, demandaron del Estado y específicamente del ICBF (institución del nivel nacional) y del Departamento Administrativo de Bienestar Social, DABS (institución en el ámbito distrital) el reconocimiento y la financiación necesarios para la continuidad del servicio (García, 2013).

El programa de Hogares Comunitarios tiene una trayectoria amplia a nivel nacional en el cuidado de la primera infancia, pero aún presenta limitaciones en la calidad de su servicio. Si bien el ICBF realiza un proceso de selección y capacitación de los cuidadores, los requisitos son muy básicos y apenas recientemente se está exigiendo algún tipo de formación específica para cumplir esta función (ICBF, 2017). De otra parte, el servicio se presta en la vivienda del cuidador, lo cual, en el caso de los asentamientos de origen informal, significa de entrada unas condiciones no adecuadas para el cuidado de grupos de entre doce y catorce niños y niñas menores de 5 años (González y Durán, 2012). Dichas viviendas suelen tener condiciones altas de humedad, mala ventilación, deficiencias de iluminación natural y hacinamiento, entre otros (Tarchópulos y Ceballos, 2003).

Otra limitación de los jardines del ICBF es su horario de servicio: de 8 am a 5 pm y de lunes a viernes. Si se considera la situación de padres o tutores que trabajan generalmente en zonas muy alejadas de su lugar de vivienda, esto supone un tiempo de desplazamientos que, en Bogotá, puede ser de hasta tres horas por trayecto, lo cual les demanda salir hacia el trabajo a las 5 am o antes, y regresar luego de las 7 pm.4 Si los padres o tutores no cuentan con redes de apoyo que les permita cubrir la diferencia de horario, quedan ante dos opciones: pagar a un vecino o a un familiar, o dejar encerrados a sus hijos en las viviendas durante su ausencia, con todos los riesgos que suponen ambas alternativas.

Los jardines infantiles ofertados por la administración distrital cuentan con una calidad superior a los del ICBF pues son atendidos por personas capacitadas y en instalaciones destinadas específicamente para ese servicio. Sus limitaciones en este caso son de cobertura, pues en 2015 se contaba con apenas 437 para toda la ciudad, de los cuales solamente uno presta servicio los días sábado (CODIA, 2016). En una ciudad donde cerca de la tercera parte ha tenido un origen informal (Secretaría Distrital del Hábitat y CENAC, 2011), con un poco más de 600.000 de niños y niñas menores de 5 años (Secretaría Distrital de Planeación, 2015), se puede estimar que al menos 200.000 niños y niñas requerirían el servicio de los jardines públicos,5 los cuales no siempre se encuentran cerca de su lugar de residencia y, al igual que los del ICBF, tienen las limitaciones de los horarios de servicio.

Con relación a los demás rangos de edad, es decir infancia y adolescencia, las dificultades frente al cuidado se incrementan. La jornada escolar en la mayoría de los colegios públicos solamente cubre medio día: mañana o tarde. Los padres o tutores que trabajan todo el día lejos de sus lugares de residencia no pueden estar con sus hijos cuando la jornada escolar finaliza o antes de su inicio, según sea el caso. Esto conlleva a una autonomía obligada de los NNA cuando padres y tutores no cuentan con redes de apoyo. Muchos NNA deben ir y volver solos de la escuela, preparar sus alimentos y, en ocasiones, asumir el cuidado de hermanos menores.

Las situaciones expuestas no son tenidas en consideración por los programas públicos encargados de proveer servicios de cuidado. En este sentido, se puede señalar el desconocimiento de las condiciones en las que habitan los NNA y las de sus familias, en la formulación e implementación de los programas dirigidos a su cuidado. Adicionalmente, se está privilegiando el cuidado de la primera infancia como una responsabilidad compartida entre el Estado, la familia y la sociedad, con las limitaciones señaladas, pero el de la infancia y la adolescencia se delega prácticamente a la familia y a la escuela, sin un soporte que permita cubrir el tiempo libre, o la ausencia de padres o tutores por sus demandas laborales.

A manera de conclusión

El país ha avanzado en el reconocimiento de los derechos ciudadanos a la vivienda, a la ciudad y al territorio, y en el caso específico de la infancia, en la prevalencia de sus derechos, lo cual demostraría armonía con el contexto internacional. Sin embargo, los resultados obtenidos en materia de cumplimiento de estos derechos para la población en situación de pobreza siguen siendo muy limitados, como lo señalan las cifras referidas en este artículo.

En el caso específico de la infancia, uno de sus derechos más importantes, el cuidado, está mediado por las condiciones de habitar en el territorio. Como señala Olga Segovia (2016) con respecto al cuidado en la ciudad, en general, es necesario definir una morfología del tiempo que considere los horarios y las distancias de las actividades urbanas, de manera que sea posible brindar una mejor calidad de vida a las personas y la posibilidad de compatibilizar adecuadamente el trabajo remunerado y el cuidado de los miembros de la familia que lo requieren.

Pero no se trata solamente de compatibilizar tiempos y actividades, sino de brindar las mismas oportunidades de acceso al empleo y a los servicios a todos los que habitan en la ciudad de manera indiferente a su condición social y/o económica. La segregación urbana, como se mencionó anteriormente, es un factor de inequidad que, en el caso de los NNA, los expone a los riesgos derivados de no contar con condiciones apropiadas para su cuidado. También, limita su acceso a oportunidades que permitan mejorar su calidad de vida. Esto demanda un esfuerzo mayor para la planeación urbana en tanto debe atender los déficits acumulados y evitar que se continúen presentando en los nuevos desarrollos urbanos.

De igual manera, en la atención al problema de la vivienda es necesario avanzar en la construcción de una política pública más enfocada en los logros sociales que en los económicos (Ceballos, Caquimbo y Rincón, 2015). El enfoque actual, más centrado en lo económico, no contribuye a mejorar la calidad de vida, ni a romper con la transmisión intergeneracional de la pobreza y, por el contrario, puede favorecer a que se mantenga.

Lo expuesto debería conducir a una reflexión seria sobre las apuestas que se realizan en materia de políticas públicas en términos sociales, cuando la dignidad de las personas queda sometida a la economía y no se consideran unos mínimos sociales de base. Se trata de una realidad en donde el sector de la población con derechos prevalentes, como es el caso de los niños, niñas y adolescentes, queda sometido a una protección limitada con acciones reactivas cuando ya ha sufrido daño físico y moral. Solamente cuando las políticas públicas territoriales y de vivienda tengan como centro la defensa de la dignidad humana aportarán de manera efectiva al disfrute de los derechos que tienen los NNA en Colombia, reduciendo las brechas existentes entre quienes habitan en la ciudad formal con respecto a la informal.

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Notas

Este artículo hace parte de la investigación Infancias y ciudades. Una lectura desde las formas de habitar el territorio en Bogotá, financiada por la Pontificia Universidad Javeriana de Bogotá, 2015-2017.
Se estima que los desarrollos informales ascienden al 33% del total de las hectáreas desarrolladas en la ciudad entre 1950 y 2000, equivalente a 7.468 hectáreas (Secretaría Distrital del Hábitat y CENAC, 2011).
Las estadísticas señalan que el lugar en donde se presenta la mayor cantidad de violaciones de niñas, niños y adolescentes es en sus viviendas, seguido por las calles y los parques (CODIA, 2011).
El 32% de los usuarios en Bogotá, Ciudad de México y San Pablo viajan más de dos horas en el transporte público diariamente. Brasilia y Bogotá son las ciudades donde las personas dedican más tiempo de espera en las estaciones, 28 y 20 minutos respectivamente (Dinero, 2016)
En 2015, la Encuesta de Calidad de Vida del DANE (2015) reportó que 1 de cada 100 niños menores de 5 años en Bogotá no cuenta con servicios de cuidado integral.

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CEBALLOS RAMOS, O. L. (2018). La infancia y el hábitat urbano informal. Reflexiones sobre Bogotá, Colombia. Bitácora Urbano Territorial, 28(1), 85–92. https://doi.org/10.15446/bitacora.v28n1.57890

ACM

[1]
CEBALLOS RAMOS, O.L. 2018. La infancia y el hábitat urbano informal. Reflexiones sobre Bogotá, Colombia. Bitácora Urbano Territorial. 28, 1 (ene. 2018), 85–92. DOI:https://doi.org/10.15446/bitacora.v28n1.57890.

ACS

(1)
CEBALLOS RAMOS, O. L. La infancia y el hábitat urbano informal. Reflexiones sobre Bogotá, Colombia. Bitácora Urbano Territorial 2018, 28, 85-92.

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CEBALLOS RAMOS, O. L. La infancia y el hábitat urbano informal. Reflexiones sobre Bogotá, Colombia. Bitácora Urbano Territorial, [S. l.], v. 28, n. 1, p. 85–92, 2018. DOI: 10.15446/bitacora.v28n1.57890. Disponível em: https://revistas.unal.edu.co/index.php/bitacora/article/view/57890. Acesso em: 23 abr. 2024.

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CEBALLOS RAMOS, OLGA LUCIA. 2018. «La infancia y el hábitat urbano informal. Reflexiones sobre Bogotá, Colombia». Bitácora Urbano Territorial 28 (1):85-92. https://doi.org/10.15446/bitacora.v28n1.57890.

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CEBALLOS RAMOS, O. L. (2018) «La infancia y el hábitat urbano informal. Reflexiones sobre Bogotá, Colombia», Bitácora Urbano Territorial, 28(1), pp. 85–92. doi: 10.15446/bitacora.v28n1.57890.

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[1]
O. L. CEBALLOS RAMOS, «La infancia y el hábitat urbano informal. Reflexiones sobre Bogotá, Colombia», Bitácora Urbano Territorial, vol. 28, n.º 1, pp. 85–92, ene. 2018.

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CEBALLOS RAMOS, O. L. «La infancia y el hábitat urbano informal. Reflexiones sobre Bogotá, Colombia». Bitácora Urbano Territorial, vol. 28, n.º 1, enero de 2018, pp. 85-92, doi:10.15446/bitacora.v28n1.57890.

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CEBALLOS RAMOS, OLGA LUCIA. «La infancia y el hábitat urbano informal. Reflexiones sobre Bogotá, Colombia». Bitácora Urbano Territorial 28, no. 1 (enero 1, 2018): 85–92. Accedido abril 23, 2024. https://revistas.unal.edu.co/index.php/bitacora/article/view/57890.

Vancouver

1.
CEBALLOS RAMOS OL. La infancia y el hábitat urbano informal. Reflexiones sobre Bogotá, Colombia. Bitácora Urbano Territorial [Internet]. 1 de enero de 2018 [citado 23 de abril de 2024];28(1):85-92. Disponible en: https://revistas.unal.edu.co/index.php/bitacora/article/view/57890

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