Publicado

1983-06-01

Editorial

Palabras clave:

Universidad Nacional de Colombia (Sede Medellín). Facultad de Minas - Informes, Contratos administrativos (es)

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Autores/as

  • Jaime Tabares Mesa .

Participación de la Facultad Nacional de Minas en contratos de consultoría. El Artículo 117 del Decreto - Ley 222 de 1983 establece la obligación que tienen las entidades oficiales, cobijadas por esa norma, de dar preferencia a las universidades para celebrar contratos tendientes a la elaboración de estudios de prefactibilidad y factibilidad, cuando las condiciones establecidas por éstas sean al menos iguales a las que pueden ofrecer otros proponentes. Esta disposición no hace otra cosa que extender a todas las universidades el régimen vigente para la Universidad Nacional, que fue establecido en el artículo 25 de la Ley 65 de 1963, que a su vez fue ratificado por el artículo 59 del Decreto - Ley 82 de 1989. (Texto tomado de la fuente)

Referencias

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Cómo citar

[1]
J. Tabares Mesa, «Editorial», DYNA, n.º 102, p. 5, jun. 1983, Accedido: 21 de septiembre de 2026. [En línea]. Disponible en: https://revistas.unal.edu.co/index.php/dyna/article/view/112953