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2011-05-01

Presentación

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  • Leopoldo Múnera Ruiz
Presentación

Presentación

La reforma, o con más precisión, la abrogación y sustitución de la Ley 30 de 1992 (Ley de Educación Superior) ha generado en Colombia un amplio debate, en el que han participado estudiantes, representantes del gobierno, rectores de universidades públicas y privadas, algunos profesores universitarios y periodistas de diferentes medios. La socialización de los dos primeros proyectos sustitutivos presentados por el Ministerio de Educación, para recoger opiniones dentro de la sociedad civil, estuvo animada por las críticas mayoritarias a la creación de las instituciones con ánimo de lucro y al desconocimiento de la educación superior como un derecho. En consecuencia, el gobierno aplazó temporalmente la propuesta de crear instituciones con ánimo de lucro, pues consideró que la sociedad colombiana todavía no estaba preparada para asumir una discusión de este tipo, e incluyó, al menos retóricamente, el derecho a la educación superior como una de sus características, al lado de la definición contradictoria como un bien público basado en el mérito y la vocación y un servicio público inherente a la finalidad social del Estado. 

Las modificaciones introducidas en el tercer proyecto, el cual fue radicado en el Congreso de la República para que surta todos los trámites necesarios antes de convertirse en ley, no despejaron las dudas sobre la naturaleza mercantil de la educación superior que se pretende impulsar, tampoco sobre los mecanismos efectivos para garantizar la realización del derecho a la educación superior. No obstante, permitieron centrar la atención en otros aspectos de la propuesta gubernamental: la financiación de las instituciones públicas, la autonomía, la constitución o no de un sistema para el sector, el control y la vigilancia o el sentido mismo del conjunto del proyecto. 

En medio de las informaciones erráticas y efectistas del Ministerio de Educación sobre los recursos que serán destinados para crear 400.000 cupos nuevos en pregrado y 65.000 en postgrado en tan solo tres años y para subir la tasa bruta de cobertura de 38%, incluido el SENA, al 64% en un decenio, los cálculos gubernamentales no parecen cuadrar. Ni siquiera si se mantiene para el conjunto de las instituciones de educación superior el bajo presupuesto per cápita que de acuerdo con los datos oficiales se destina en la actualidad: $3.500.000 anuales. Por el contrario, todos los análisis coinciden en que el presupuesto de las universidades públicas se va a seguir deteriorando con relación al PIB y que el crédito a la demanda, otorgado directamente a los estudiantes, va a ir adquiriendo cada vez más preponderancia en desmedro del patrimonio familiar, especialmente de los hogares con menores ingresos. La financiación que se piensa destinar en los tres primeros años para las universidades públicas ($428.000 millones) ni siquiera llega a representar el 60% de su déficit acumulado, que es aproximadamente de $715.000 millones. 

Más allá de las importantes discusiones coyunturales que se están adelantando en el país, la Revista Pensamiento Jurídico pretende con este número aportar elementos de análisis que permitan ubicar la reforma a la educación superior en un contexto más amplio. 

En Reflexiones sobre la propuesta de reforma a la Ley 30 de 1992: ¿Fortalecimiento o debilitamiento de la autonomía universitaria?, Patricia Linares Prieto, mediante un estudio normativo y jurisprudencial, evidencia que incluso la Ley 30 de 1992 está por debajo de los estándares de autonomía financiera, política y académica establecidos por la Constitución de 1991. De acuerdo con la autora, la reforma en vez de corregir esta situación, la agravaría. En la misma línea de interpretación, Martha Espinosa de Martínez contribuye con su artículo titulado Inspección y Vigilancia en el proyecto de reforma a la Educación Superior a cuestionar las formas de intervención estatal en las universidades, bajo el amparo de la función de inspección y vigilancia. Asimismo, resalta los problemas técnicos y jurídicos en esta materia, contenidos en los proyectos gubernamentales de reforma. 

Una perspectiva más general sobre el significado de las transformaciones a las que estamos asistiendo es planteada por Carlos Augusto Hernández y Juliana López Carrascal en el artículo: Reformas en Educación Superior. Aspectos y Perspectivas. Los autores ponen el énfasis en un aspecto olvidado en los proyectos estatales, el sentido que se le debe otorgar al sector, en virtud de la naturaleza pública de las instituciones, específicamente de las universidades. Este carácter público también parece desvanecerse en lo referente a la investigación dentro de la propuesta del Gobierno Santos. 

El título y el contenido del texto de Jorge Iván Bula es muy diciente al respecto: Proyecto de reforma de la educación superior en Colombia: de la investigación universitaria como saber científico a la investigación funcional. La enajenación de esta función esencial de la universidad se incrementa en la reforma, en desmedro de la autonomía y a favor de los intereses privados o de los derroteros de las políticas de desarrollo impulsadas por el Estado. 

La calidad no parece correr mejor suerte en la propuesta gubernamental, de acuerdo con el análisis realizado por José Gregorio Rodríguez y Carlos Miñana en: Calidad, evaluación y acreditación en la educación superior: a propósito de un Proyecto de reforma en Colombia. Los autores resaltan el carácter eminentemente político de la calidad y la forma como en el tránsito de un "Estado de Bienestar" a un "Estado Evaluador" las instituciones de educación superior rápidamente van perdiendo incidencia en la definición del sentido de la formación, la investigación y la extensión, la cual queda en manos de cuadros técnicos que ni siquiera la someten a discusión dentro de las comunidades académicas, pues la consideran como un supuesto incontrovertible. 

Finalmente, dos artículos nos invitan a descentrarnos espacial y temporalmente para enriquecer nuestra mirada, la Propuesta para la financiación de la educación superior en Colombia de Andrés Felipe Mora gira alrededor de una renta básica que en catorce años posibilitaría la constitución de un fondo auto‑sostenible de cobertura universal para el pregrado, siempre y cuando se adoptara la decisión política de destinar recursos adicionales equivalentes al 1% del PIB anual, menos de lo que los últimos gobiernos le han concedido en exenciones tributarias al gran capital, en detrimento del interés general. Carlos Suásnabar nos invita en Políticas y reformas de la universidad argentina desde el retorno a la democracia: tendencias históricas de cambio y movimiento pendular de las políticas públicas a entender los procesos sociales que se viven en un país que tiene una tasa bruta de cobertura en educación superior mayor a la que Colombia aspira dentro de diez años. Una de sus conclusiones es muy diciente y constituye una invitación a construir colectivamente la reforma a la educación superior, tal y como lo propone el movimiento estudiantil: 

(…) La experiencia internacional revela que la planificación estatal no es incompatible con la autonomía universitaria sino que por el contrario la presupone. Pero para instalar la idea de "planificar con autonomía" es necesario repensar la propia relación entre Estado y Universidad que posibilite construir una política consensuada basada en la confianza y la cooperación pero también en compromisos y responsabilidades compartidas. 

    Leopoldo Múnera Ruiz

    Profesor Asociado Departamento de Ciencia Política Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales Universidad Nacional de Colombia 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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Múnera Ruiz, L. (2011). Presentación. Pensamiento Jurídico, (31), 11–14. https://revistas.unal.edu.co/index.php/peju/article/view/36723

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[1]
Múnera Ruiz, L. 2011. Presentación. Pensamiento Jurídico. 31 (may 2011), 11–14.

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Múnera Ruiz, L. Presentación. Pensam. jurid. 2011, 11-14.

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MÚNERA RUIZ, L. Presentación. Pensamiento Jurídico, [S. l.], n. 31, p. 11–14, 2011. Disponível em: https://revistas.unal.edu.co/index.php/peju/article/view/36723. Acesso em: 19 abr. 2024.

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Múnera Ruiz, Leopoldo. 2011. «Presentación». Pensamiento Jurídico, n.º 31 (mayo):11-14. https://revistas.unal.edu.co/index.php/peju/article/view/36723.

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Múnera Ruiz, L. (2011) «Presentación», Pensamiento Jurídico, (31), pp. 11–14. Disponible en: https://revistas.unal.edu.co/index.php/peju/article/view/36723 (Accedido: 19 abril 2024).

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[1]
L. Múnera Ruiz, «Presentación», Pensam. jurid., n.º 31, pp. 11–14, may 2011.

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Múnera Ruiz, L. «Presentación». Pensamiento Jurídico, n.º 31, mayo de 2011, pp. 11-14, https://revistas.unal.edu.co/index.php/peju/article/view/36723.

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Múnera Ruiz, Leopoldo. «Presentación». Pensamiento Jurídico, no. 31 (mayo 1, 2011): 11–14. Accedido abril 19, 2024. https://revistas.unal.edu.co/index.php/peju/article/view/36723.

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Múnera Ruiz L. Presentación. Pensam. jurid. [Internet]. 1 de mayo de 2011 [citado 19 de abril de 2024];(31):11-4. Disponible en: https://revistas.unal.edu.co/index.php/peju/article/view/36723

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