Sobre la revista

Enfoque y alcance

La Revista Pensamiento Jurídico de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Nacional de Colombia, es una revista académica, científica y arbitrada con una periodicidad de dos revistas anuales, a comienzo del periodo enero-junio y la segunda en el periodo julio-diciembre. Sus contenidos están dirigidos a juristas, investigadores, abogados, profesionales, estudiantes, instancias de la rama judicial, legislativa y ejecutiva y, en general, a todos aquellos interesados en los asuntos jurídicos, tratados desde una perspectiva interdisciplinaria tanto en el país, como en el extranjero.

La publicación comprende una amplia gama de campos de las disciplinas y ciencias jurídicas y sociales, entre ellos, la teoría del derecho, la filosofía del derecho, la historia del derecho, la sociología jurídica, el derecho constitucional y el derecho y la política. Buscamos convertirnos en un espacio de divulgación, examen y debate al difundir las contribuciones más relevantes en los temas objeto de estudio que permita el fortalecimiento de la comunidad académica.

Entre nuestros objetivos tenemos:

  1. Dar a conocer a la comunidad académica nacional e internacional, artículos investigativos en las áreas del derecho, las ciencias sociales y políticas.
  2. Contribuir a la consolidación de una comunidad académica universitaria en los mencionados campos del conocimiento.
  3. Constituirse en un referente bibliográfico de primera mano para los investigadores, profesores y público en general, en los campos que cubre la publicación. 

La revista Pensamiento Jurídico no cobra suma alguna de dinero por conceptos de envió o procesamiento de artículos.

Instrucciones para los autores de artículos a publicar

La revista Pensamiento Jurídico tendrá en cuenta que los manuscritos presentados sean inéditos, originales y que no se encuentren participando en otras convocatorias. También se tendrá en cuenta la temática del artículo en relación a la convocatoria determinada.

  1. EXTENSIÓN DEL DOCUMENTO: entre 15 y 35 páginas a espacio sencillo en letra Times New Roman tamaño 12.
  2. CUERPO DEL DOCUMENTO: sin falta debe estructurarse en tres partes fundamentales:
  • Contenido: Estructura mínima con tres subtítulos.
  • Conclusión preliminar.
  • Bibliografía: Debe dar cuenta de un panorama representativo de los expertos de la temática tratada.

Es responsabilidad del autor o los autores señalar y referenciar claramente cualquier fragmento que sea tomado de la obra de otro autor, en la construcción de su trabajo. Si no se hace así, se considerará como plagio y el trabajo será descartado para publicación.

  1. NORMAS GENERALES DE ORGANIZACIÓN DEL ARTÍCULO: debe tenerse en cuenta los siguientes criterios:
  • Nombre del artículo en español e inglés
  • Nombre del(os) autor(es) con un asterisco el cual indicará a pie de página la filiación del autor, en la que se indicará la formación académica y cargo o campo de desempeño en 2 o 3 líneas y el respectivo correo electrónico.
  • Resumen en español e inglés (máximo 50 palabras).
  • Palabras clave en español e inglés (de5 a 8).
  • Títulos. En todos los casos aparecerán marginados a la izquierda, con numeración según la tabla de contenido sin tabulado, respetando las siguientes normas:

1)      Títulos principales en negrita, tamaño 12, Times New Roman.

2)      Títulos secundarios en negrita, tamaño 10, Times New Roman.

3)      Subtítulos en itálica, tamaño 10, Times New Roman.

  1. Números:

1)      Los números de pies de página deben aparecer como superíndices ANTES de un punto o de una coma si lo hubiese.

2)      La escritura de números deberá corresponder con las normas castellanas, vale decir, la numeración deberá llevar punto (.) y no coma (,) para las cifras que indiquen miles y millones. Por su parte los números decimales se escribirán con coma (,).

Ejemplo:

1.000; 10.000; 100.000 o 1.000.000 para los miles y millones

52,7; 9,1; 10,5 o 100,0 para los decimales.

Cuando el número designe una enumeración se escribirá en letras.

Ejemplo:

En 1990 veinticuatro personas recorrieron el lugar, ocho de ellas…

  1. Elementos gráficos: tener presente que el interior se imprime en blanco y negro, por lo tanto para cualquier elemento gráfico en los avances (ilustraciones, mapas, cuadros, tablas, etc.) se deberán tener los recaudos necesarios para su correcta interpretación. Tonos grises contrastados o utilización de rayados o punteados que permitan una clara lectura o identificación.

1)      Las ilustraciones:

a)      Los cuadros, tablas, fotos, mapas u otros (con su respectiva numeración, escalas, títulos y/o epígrafes) podrán enviarse por separado, indicando en el texto, la ubicación de cada uno de ellos. En el texto se harán las remisiones a las ilustraciones que correspondan.

b)      Los símbolos incluidos deberán ser claros y estar bien diferenciados entre sí. En lo posible utilizar figuras geométricas planas.

c)      En todos los casos el título y la fuente de la información aparecerá de la siguiente manera:

Ejemplo:

Cuadro 1. (Centrado, tamaño 10, Times New Roman)

Algunos indicadores educativos, República Mexicana

1a. Población de 6 a 14 años que asiste a la escuela

(% de la población total)

(Centrado, en negrita e itálica, tamaño 10, Times New Roman)

Asisten a la escuela

Año

1990

1995

1997

1997

1997

Edad (años)

 

 

 

Hombres

Mujeres

6-14

85,81

92,15

92,23

93,1

91,4

Fuente: Informe de Labores 1998-1999 de la SEP, México.

2)      Los mapas

a)      Presentar los mapas que incluyan solamente los elementos imprescindibles, evitando que estén excesivamente recargados de dibujo o de texto.

b)      En cada mapa deberá constar en un recuadro ubicado en el ángulo superior o inferior derecho, la ubicación del sector a nivel regional/providencial/ y del país.

c)      Recordar que estas imágenes se imprimen en blanco y negro.

3)      Los gráficos

a)      Los gráficos y diagramas deberán tener una adecuada calidad original. Se recomienda que en todos los casos se utilice un programa de gráficos para computadora. No utilizar colores en los diagramas.

b)      Definir claramente, en el caso de las tablas, las columnas y filas que encabezan los ingresos a los valores interiores de las mismas.

Tener en cuenta que no se admitirán agregados ni modificaciones una vez iniciado el proceso de edición y posterior composición gráfica del documento.

  1. NORMAS DE CITACIÓN

La Revista Pensamiento Jurídico acepta dos sistemas de citación, el Sistema APA y el Sistema ICONTEC. Los autores solo podrán hacer uso de uno de ellos en sus textos.

En los siguientes enlaces encontrará información detallada sobre cómo  citar todo tipo de documentos y son utilizados por los editores de la revista para realizar correcciones en los artículos.

Ejemplos de referencias en Sistema APA.

Este documento encontrará  Guías de estilo de citación y referencias del Estilo APA, elaborado por el equipo editorial Unijus (2021)

Si por el contrario el o los autores usarán las normas ICONTEC, aquí podrán encontrar diferentes ejemplos.

Agregamos algunos ejemplos de para los diferentes usos de los sistemas de citación:

SISTEMA APA. Cuando se cite un autor o un documento, en el cuerpo central del artículo tiene tres opciones para colocar las citaciones en relación con el texto.

A) Coloque el autor(es) y fecha(s) entre paréntesis en un lugar adecuado dentro o al final de una frase:

Ejemplos

El concepto de derecho natural ha caído en desuso por sus múltiples falencias en su fundamentación (Silva 1976)

Los derechos humanos son exigibles jurídicamente (Díaz y Sánchez 2010)

Las categorías analíticas en derecho son relevantes para la argumentación (López, Castro y Pérez 1998)

B) Coloque solo la fecha entre paréntesis:

Ejemplo:

Sánchez, Aldana y Fischer (2009) se han preguntado si: "¿Acaso las decisiones de la Corte Constitucional no tienen control?" (p. 96).

Tenga en cuenta que tiene que proporcionar el número(s) de página entre paréntesis para citas directas. No es necesario proporcionar el número de página si está resumiendo o parafraseando una fuente, en lugar de citar.

C) Integrar el autor y la fecha en su frase:

Ejemplo:

En 2009, Robledo y Puerta informaron que, después de analizar las decisiones de la Corte Suprema de Justicia respecto a los casos de parapolítica, ….

  • Cuando se cite un documento elaborado por  uno o dos autores se debe citar los apellidos en todas las citaciones

Ejemplo:

 (Caro & Camacho 2009) o Caro y Camacho (2009)

  • Cuando se cite un documento elaborado entre 3 y 5 autores se debe citar todos los autores en la primera citación; pero en todas las citas posteriores, se debe utilizar el nombre del primer autor seguido de et al.

Ejemplo:

Primera cita: (Aldana, Ramírez y Orozco 2009)

Citas subsiguientes: (Aldana et al 2009)

  • Cuando se cite un documento elaborado por más de seis autores se debe  utilizar el nombre del primer autor seguido de et al en todas las citas:

Ejemplo:

 (Murcia et al 2000)

  • Cuando se cite un documento elaborado por una organización se debe utilizar el nombre completo de dicha organización en la primera cita, sin embargo en las citas posteriores debe utilizarse la abreviatura del nombre de la organización.

Ejemplo:

Primera referencia: (Instituto Nacional de Salud [INS] 2005)

Las referencias subsecuentes: (INS 2005)

  • Cuando se citen dos o más trabajos los mismos se deben referenciar entre paréntesis y se deben ser separados mediante el uso de punto y coma.

Ejemplo:

 (Aldana, Orozco y Ramírez 2009; Singer 1976).

  • Cuando cite dos o más trabajos elaborados por el mismo autor  basta con indicar los años de elaboración de los documentos en orden cronológico del más reciente al más antiguo:

Ejemplo:

 (Artunduaga 2005; 1999)

  • Cuando se cite una cita contenida en otro documento (referencia secundaria) debe indicarse tanto el documento que se cita como aquel de donde se extrae la cita tal como se muestra a continuación:

Ejemplo:

La injusticia racial es uno de los factores de riesgo para el adecuado desarrollo de los niños de acuerdo a Cohen et al (según la citación hecha en Greenberg, Domitrovich y Bumbarger, 2000).

SISTEMA ICONTEC: se usan notas a pie de página. Las mismas deberán estar numeradas consecutivamente (1, 2, 3, etc.). El número debe aparecer en el texto con superíndice antecediendo al signo de puntuación. Deben aparecer de la siguiente forma:

 A) Cuando se refiera a un libro:

Roth Deubel, André-Noël. Políticas Públicas, Formulación, Implementación y evaluación, Bogotá, Ed. Aurora, 2002, p. 232.

B) Cuando se cite un conjunto de páginas de un libro:

Roth Deubel, André-Noël. Políticas Públicas, Formulación, Implementación y evaluación, Bogotá, Ed. Aurora, 2002, pp. 232-234.

C) Cuando se refiera a un artículo publicado en una revista científica:

Alcántara, Cynthia Hewitt, “Usos y abusos del concepto de gobernabilidad”, en Revista Internacional de Ciencias Sociales, No. 155, Bogotá, Unesco, 2000, pp. 5 - 56

D) Cuando se cite un artículo (tipo columna de opinión) publicado en periódicos:

Rodríguez Giavarini, Adalberto, “Hacia la integración latinoamericana”, en La Nación, agosto 30 de 2000, pp. 17-23

E) Cuando se cite un artículo (tipo noticia) publicado en periódicos:

“El congreso buscará un acuerdo para el despeje”, en Vanguardia Liberal, junio 21 de 2002, pp. 3A y 5B.

F) Cuando se cite a alguien inmediatamente antes citado:

Ibíd., p. 23

G) Cuando se cite a alguien anteriormente citado, pero no inmediatamente:

Roth Deubel, Políticas Públicas, op. cit. p. 176.

5. BIBLIOGRAFÍA

Toda la bibliografía citada en el texto mediante el Sistema APA (autor: año), o el Sistema ICONTEC debe ir al final del mismo, respetando los siguientes criterios:

A) Cuando se refiere a un libro:

Roth Deubel, André-Noël. Políticas Públicas, Formulación, Implementación y evaluación, 1° Ed., Bogotá, Ed. Aurora, 2002.

B) Cuando se refiere a un artículo publicado en revista:

Alcántara, Cynthia Hewitt, “Usos y abusos del concepto de gobernabilidad”, en Revista internacional de Ciencias Sociales, No. 155, Bogotá, UNESCO, 2000, pp. 4-67.

C) Cuando se cite un artículo (tipo columna de opinión) publicado en periódicos:

Rodríguez Giavarini, Adalberto, “Hacia la integración latinoamericana”, en La Nación, agosto 30 de 2000, p. 7.

D) Cuando se cite un artículo (tipo noticia) publicado en periódicos:

“El congreso buscará un acuerdo para el despeje”, en Vanguardia Liberal, junio 21 de 2002, pp. 8-12.

E) Documentos electrónicos:

Aguilera Peña, Mario, “Por primera vez, la mujer tuvo derecho de votar en 1953”, en Revista Credencial Historia, Ed. 163 de 2003, Publicación digital en la página web de la Biblioteca Luís Ángel Arango del Banco de la República, Bogotá, http://www.lablaa.org/blaavirtual/revistas/credencial/junio2003/inedito.htm (20.04.2009).[1]

F) Legislación histórica (fuentes primarias): Primero debe escribirse el nombre de la norma en itálica, luego seguida de una coma, la fuente en la que se encuentra, existiendo 3 opciones. La primera un libro, la segunda una gaceta judicial o cualquier otra compilación normativa y, la tercera, una fuente electrónica disponible en internet.

En caso de un libro, primero debe escribirse el nombre de la norma en itálica; luego el de los autores, en versalita; seguido el título de la obra en itálica; luego el país, la editorial y el año de la edición. Estos datos estarán separados por comas.

Ejemplo:

Constitución cubana de 1895 de Jimaguayú, en Lazcano Mazón, Manuel (ed.), Las constituciones de Cuba. Historia y texto de las constituciones de la República de Cuba, Madrid, Ediciones Cultura Hispánica, 1952, pp. 25-40.

Estatuto Real para la convocación des las Cortes generales del Reino, mandado observar por S.M. la Reina Gobernadora en 10 del corriente, 1834, en Gaceta Madrid, No. 55, de 16 de abril de 1834, pp. 251-252. (ed.), Constitutions of the World from the late 18th Century to the Middle of the 19th Century Online, http://modern-constitutions.de/CO-CU-1811-03-30-es-i.html (20.04.2009).

Constitución de Cundinamarca de 30/03/1811, Santafé de Bogotá, Imprenta Patriótica de D. Nicolás Calvo y Quijano, 1811. Lugar: Biblioteca Luís Ángel Arango del Banco de la República, Bogotá, Sala de Libros Raros y Manuscritos. Ed. Por: Marquardt, Bernd (ed.), “Constitutional Documents of Colombia 1793-1853”, en Dippel, Horst (ed.), Constitutions of the World from the late 18th Century to the Middle of the 19th Century Online, http://modern-constitutions.de/CO-CU-1811-03-30-es-i.html (20.04.2009).

G) Sentencias judiciales:

Ejemplo:

Corte Constitucional de Colombia, Sentencia T-325/1996, MP Carlos Gaviria Díaz. Disponible en (páginas de Internet, libros, etc.) (20.04.2009)

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, MP Alejandro Bonivento Fernández, Gaceta Judicial No…., fecha…. Disponible en (página de Internet, libro, etc.) (20.04.2009)

U.S. Supreme Court, Marbury versus Madison, 5 U.S. 137 (1803), en Find Law for legal professionals, http://laws.findlaw.com/us/5/137.html (20.04.2009).

BVerfGE 7,198, sentencias del Tribunal Constitucional Federal Alemán, en http://www.bundesverfassungsgerichst.de/entscheidungen.html (20.04.2009)

Nota: En el apartado bibliográfico los libros, artículos y ponencias empleadas en el artículo, deben aparecer ordenados alfabéticamente en orden ascendente según el apellido. Cuando se citen varias publicaciones de un autor, estas se ordenan cronológicamente de la más reciente a la más antigua. Si se citan varias obras del mismo autor de un mismo año, éstas se ordenan agregando al año una letra en orden alfabético. En este listado bibliográfico no se citan las páginas consultadas, sino solo las páginas iniciales y finales de los artículos de revistas, periódicos o capítulos de una obra colectiva (de varios autores).

6. NORMAS GENERALES DE PRESENTACIÓN 

Para la presentación de un artículo es necesario adjuntar la siguiente carta de presentación firmada  en la que se declara que el artículo no ha sido publicado y que no será presentado de manera simultánea a otra revista mientras permanezca en el proceso de arbitraje.

Todos los autores deberán remitir un archivo adicional con los datos completos de su formación académica, filiación institucional, correo electrónico (institucional y personal) y listado de publicaciones recientes. Descargue el documento aquí. 

Todos los textos postulados serán tratados igualmente y de manera confidencial. Serán remitidos al Comité Editorial, el cual designará los árbitros especialistas que realizarán la evaluación académica de los materiales, y quienes no conocerán las identidades de los autores. Una vez evaluados y aprobados los artículos, la revista se comunicará con los autores, y luego iniciará el proceso de corrección de estilo y puesta a punto del material seleccionado. 

Proceso de evaluación por pares

El procedimiento para realizar la evaluación tiene una duración de aproximadamente 5 meses y consta de los siguientes pasos:

  • El Comité Editorial realizará un primer filtro de los artículos recibidos en el cual verifican la pertinencia del tema, el cumplimiento de requisitos de presentación y la originalidad del texto mediante la plataforma antiplagio Turnitin.
  • El Comité Editorial designará dos pares evaluadores especialistas que, dependiendo de su conocimiento pueden ser nacionales o extranjeros, que realizarán la evaluación académica de los materiales, y quienes no conocerán la identidad de los autores (modalidad doble ciego)
  • Los pares evaluadores darán un concepto en el cual determinarán si el artículo es: Aprobado para publicación; No aprobado o Aprobado con modificaciones. En este último caso, los evaluadores indicarán claramente los ajustes que debe realizarse al manuscrito.
  • En el caso en que el artículo sea Aprobado con modificaciones se le enviará al autor los comentarios y ajustes sugeridos por los pares evaluadores, los cuales deberán realizarse.
  • Una vez recibidas las correcciones por parte del autor, las mismas serán enviadas a los pares evaluadores quienes deberán determinar si con los ajustes realizados el artículo es Aprobado No aprobado para publicación.
  • En caso de discrepancia en los conceptos emitidos por los dos pares evaluadores, se nombrará a un tercer examinador. El artículo se considerará rechazado para publicación si este tercer concepto del artículo es No aprobado.
  • Una vez evaluados y aprobados los artículos, la revista le comunicará a los autores la decisión y se dará inicio al proceso de corrección de estilo y puesta a punto del material seleccionado.

El comité editorial contara con 15 días para designar el arbitro a partir de su recepción y a su vez el par académico contara con 15 días para rendir su concepto.

Entre los criterios que ha de considerar el par evaluador se encuentran:

  • Aplicación de las normas de citación exigidas por la revista (Normas APA sexta edición)
  • Pertinencia y actualidad de la temática abordada
  • Originalidad y aportes del artículo al respectivo campo del conocimiento
  • Rigor científico y argumental
  • Coherencia metodológica (Concordancia entre el planteamiento del problema, los objetivos y los resultados)
  • Actualidad y relevancia de la bibliografía
  • Claridad en la presentación y redacción de ideas
  • Opinión sobre la calidad del artículo

El formato que llenarán los evaluadores es el siguiente: Formato de evaluación

Política de ética editorial (conflicto de interés, plagio, fraude)

La revista define los siguientes criterios y recomendaciones relacionados con la ética en la publicación científica:

 1.    Criterios generales

 1.1.    Los artículos deben contener suficiente detalle y referencias que permitan replicar o rebatir el estudio.

1.2.    Declaraciones fraudulentas o deliberadamente inexactas constituyen un comportamiento poco ético.

1.3.    Se deben respetar los derechos de privacidad de los seres humanos.

2.    Autoría

Criterios:

 2.1.    Un “autor” es la persona que ha hecho una contribución intelectual significativa al artículo, por lo tanto, todas las personas nombradas como autores deben reunir los requisitos de autoría, y todos aquellos que los reúnan deben ser mencionados de forma explícita.

2.2.    Se deben cumplir colectivamente tres criterios básicos para ser reconocido como autor:

a)    Contribución sustancial a la concepción y diseño, adquisición de datos, análisis e interpretación del estudio.

b)    Redacción o revisión del contenido intelectual.

c)    Aprobación de la versión final.

2.3.    El orden de la autoría debe ser una decisión conjunta de los coautores.

2.4.    Las personas que participen en un estudio pero que no se ajusten a los criterios de autoría deben aparecer como “Colaboradores” o “Personas reconocidas”.

2.5.    Hay tres tipos de autorías que se consideran inaceptables: autores “fantasma”, que contribuyen sustancialmente pero no son reconocidos (a menudo pagados por promotores comerciales); autores “invitados”, que no hacen ninguna contribución discernible pero se nombran para aumentar las posibilidades de publicación; y autorías “honorarias”, que se basan únicamente en una afiliación tenue con un estudio.

Recomendaciones:

2.6.    Antes de iniciar la investigación se recomienda documentar la función y la forma como se reconocerá la autoría de cada investigador.

2.7.    No se debe mentir sobre la participación de una persona en la investigación o publicación, si su contribución se considerada “sustancial” se justifica la autoría, bien sea como autor o colaborador.

2.8.    No se debe asignar una autoría sin contar con el consentimiento de la persona.

2.9.    Todas las personas nombradas como autores deben reunir los requisitos de autoría, y todos aquellos que reúnan los requisitos deben aparecer como autores o contribuidores.

2.10.    Algunos grupos colocan los autores por orden alfabético, a veces con una nota para explicar que todos los autores hicieron contribuciones iguales al estudio y la publicación.

3.    Cambios en la autoría

Criterios:

3.1.    Hace referencia a la adición, supresión o reorganización de los nombres de autor en la autoría de un artículo aceptado. 

3.2.    Las peticiones de añadir o eliminar un autor, o para reorganizar los nombres de los autores, deben ser enviados por el autor correspondiente del artículo aceptado, y deben incluir:

a)    La razón por la cual debe ser añadido o eliminado, o los nombres de los autores reorganizado.

b)    La confirmación por escrito (e-mail) de todos los autores que están de acuerdo con la adición, supresión o reorganización. En el caso de adición o eliminación de los autores, esto incluye la confirmación de que el autor sea añadido o eliminado

 4.    Conflicto de intereses

Criterios:

4.1.    Cuando un investigador o autor, editor tenga alguna opinión o interés financiero/personal que pueda afectar su objetividad o influir de manera inapropiada en sus actos, existe un posible conflicto de intereses. Este tipo de conflictos pueden ser reales o potenciales.

4.2.    Los conflictos de intereses más evidentes son las relaciones financieras, como:

a)    Directas: empleo, propiedad de acciones, becas, patentes.

b)    Indirectas: honorarios, asesorías a organizaciones promotoras, la propiedad de fondos de inversión, testimonio experto pagado.

4.3.    Los conflictos también pueden existir como resultado de relaciones personales, la competencia académica y la pasión intelectual. Por ejemplo, un investigador que tenga:

a)    Algún tipo de interés personal en los resultados de la investigación.

b)    Opiniones personales que están en conflicto directo con el tema que esté investigando.

Recomendaciones:

4.4.    Revelar si se está en algún conflicto real o potencial de intereses que influya de forma inapropiada en los hallazgos o resultados del trabajo presentado, dentro de los tres (3) años de haber empezado el trabajo presentado que podría influir indebidamente (sesgo) el trabajo.

4.5.    Revelar el papel de un promotor (o promotores) del estudio, si los hubiere, en el diseño del estudio, en la recopilación, análisis e interpretación de los datos, en la redacción del informe y en la decisión de presentar el documento para su publicación.

4.6.    Los investigadores no deben entrar en acuerdos que interfieran con su acceso a todos los datos y su capacidad de analizarlos de forma independiente, y de preparar y publicar los manuscritos.

4.7.    Al presentar un documento, se debe hacer una declaración (con el encabezamiento “Papel que ha tenido la fuente de financiación”) en una sección separada del texto y colocarse antes de la sección “Referencias”.

4.8.    Algunos ejemplos de posibles conflictos de intereses que deben ser revelados, incluyen: empleo, consultoría, propiedad de acciones, honorarios, testimonio experto remunerado, las solicitudes de patentes / registros y subvenciones u otras financiaciones.

4.9.    Todas las fuentes de apoyo financiero para el proyecto deben ser revelados.

4.10.    Se debe describir el papel del patrocinador del estudio.

5.    Publicación duplicada

Criterios:

5.1.    Los autores tienen la obligación de comprobar que su artículo sea basado en una investigación original (nunca publicada anteriormente). El envío o reenvío intencional de su trabajo para una publicación duplicada se considera un incumplimiento de la ética editorial.

5.2.    Se produce una publicación duplicada o múltiple cuando dos o más artículos, sin hacerse referencias entre sí, comparten esencialmente las mismas hipótesis, datos, puntos de discusión y/o conclusiones. Esto puede ocurrir en diferentes grados: Duplicación literal, duplicación parcial pero sustancial o incluso duplicación mediante parafraseo.

5.3.    Uno de los principales motivos por los que la publicación duplicada de investigaciones originales se considera no ético es porque puede dar lugar a una “ponderación inadecuada o a un doble recuento involuntario” de los resultados de un estudio único, lo que distorsiona las pruebas disponibles.

Recomendaciones:

5.4.    Los artículos enviados para su publicación deberán ser originales y no deberán haberse enviado a otra editorial. En el momento del envío, los autores deberán revelar los detalles de los artículos relacionados (también cuando estén en otro idioma), artículos similares en prensa y traducciones.

5.5.    Aunque un artículo enviado esté siendo revisado y no conozca el estado, debe esperar a que el equipo de la revista informe antes de ponerse en contacto con otra revista, y sólo si la otra editorial no publicará el artículo.

5.6.    Evite enviar un artículo previamente publicado a otra revista.

5.7.    Evite enviar artículos que describan esencialmente la misma investigación a más de una revista.

5.8.    Indique siempre los envíos anteriores (incluidas las presentaciones de reuniones y la inclusión de resultados en registros) que pudieran considerarse una publicación duplicada.

5.9.    Evite escribir sobre su propia investigación en dos o más artículos desde diferentes ángulos o sobre diferentes aspectos de la investigación sin mencionar el artículo original.

5.10.    Se considera manipulador crear varias publicaciones a raíz de la misma investigación.

5.11.    En el momento del envío, indique todos los detalles de artículos relacionados en un idioma diferente y las traducciones existentes.

6.    Reconocimiento de las fuentes

 Criterios:

6.1.    Los autores deben citar las publicaciones que han sido influyentes en la determinación de la naturaleza del trabajo presentado.

6.2.    Información obtenida de forma privada, no debe ser usada sin explícito permiso escrito de la fuente.

6.3.    La reutilización de las tablas y / o figuras requiere del permiso del autor y editor, y debe mencionarse de manera adecuada en la leyenda de la tabla o figura.

6.4.    La información obtenida en el transcurso de servicios confidenciales, tales como manuscritos arbitrales o las solicitudes de subvención, no debe ser utilizada sin el permiso explícito y por escrito del autor de la obra involucrada en dichos servicios.

7.    Fraude científico

Criterios:

7.1.    El fraude en la publicación científica hace referencia a la presentación de datos o conclusiones falsas que no fueron generados a través de un proceso riguroso de investigación.

7.2.    Existen los siguientes tipos de fraude en la publicación de resultados de investigación:

a)    Fabricación de datos. Inventar datos y resultados de investigación para después comunicarlos.

b)    Falsificación de datos. La manipulación de materiales de investigación, imágenes, datos, equipo o procesos. La falsificación incluye la modificación u omisión de datos o resultados de tal forma que la investigación no se representa de manera precisa. Una persona podría falsificar datos para adecuarla al resultado final deseado de un estudio.

Recomendaciones:

7.3.    Antes de enviar un artículo, lea cuidadosamente las políticas editoriales y de datos de la revista.

7.4.    Nunca modifique, cambie u omita datos de forma intencional. Esto incluye materiales de investigación, procesos, equipos, tablas, citas y referencias bibliográficas.

7.5.    Tanto la fabricación como la falsificación de datos son formas de conducta incorrecta graves porque ambas resultan en publicaciones científicas que no reflejan con precisión la verdad observada.

7.6.    El autor debe hacer una gestión adecuada de los datos que soportan la investigación, teniendo especial cuidado en la recopilación, producción, conservación, análisis y comunicación de los datos.

7.7.    Mantenga registros minuciosos de los datos en bruto, los cuales deberán ser accesibles en caso de que un editor los solicite incluso después de publicado el artículo.

8.      Plagio

Criterios:

8.1.    El plagio es una de las formas más comunes de conducta incorrecta en las publicaciones, sucede cuando uno de los autores hace pasar como propio el trabajo de otros sin permiso, mención o reconocimiento. El plagio se presenta bajo formas diferentes, desde la copia literal hasta el parafraseado del trabajo de otra persona, incluyendo: datos, ideas, conceptos, palabras y frases.

8.2.     El plagio tiene diferentes niveles de gravedad, como por ejemplo:

a)    Qué cantidad del trabajo de otra persona se tomó (varias líneas, párrafos, páginas, todo el artículo)

b)    Qué es lo que se copió (resultados, métodos o sección de introducción)

 8.3.    El plagio en todas sus formas constituye una conducta no ética editorial y es inaceptable.

8.4.    La copia literal solo es aceptable si indica la fuente e incluye el texto copiado entre comillas.

Recomendaciones:

 8.5.    Recuerde siempre que es esencial reconocer el trabajo de otros (incluidos el trabajo de su asesor o su propio trabajo previo) como parte del proceso.

8.6.    No reproduzca un trabajo palabra por palabra, en su totalidad o en parte, sin permiso y mención de la fuente original.

8.7.    Mantenga un registro de las fuentes que utiliza al investigar y dónde las utilizó en su artículo.

8.8.    Asegúrese de reconocer completamente y citar de forma adecuada la fuente original en su artículo

8.9. Incluso cuando haga referencia a la fuente, evite utilizar el trabajo de otras personas palabra por palabra salvo que lo haga entre comillas.

8.10.    El parafraseado solo es aceptable si indica correctamente la fuente y se asegura de no cambiar el significado de la intención de la fuente.

8.11.    Incluya entre comillas y cite todo el contenido que haya tomado de una fuente publicada anteriormente, incluso si lo está diciendo con sus propias palabras.

9.      Fragmentación

Criterios:

9.1.        La fragmentación consiste en dividir o segmentar un estudio grande en dos o más publicaciones.

9.2.        Como norma general, con tal de que los “fragmentos” de un estudio dividido compartan las mismas hipótesis, población y métodos, no se considera una práctica aceptable.

9.3.        El mismo “fragmento” no se debe publicar nunca más de una vez. El motivo es que la fragmentación puede dar lugar a una distorsión de la literatura existente.

Recomendaciones:

9.4.        Evite dividir inapropiadamente los datos de un solo estudio en dos o más trabajos.

9.5.        Cuando presente un trabajo, sea transparente. Envíe copias de los manuscritos estrechamente relacionados al manuscrito en cuestión. Esto incluye manuscritos publicados, enviados recientemente o ya aceptados.

10.  Corrección de artículos publicados

 Criterio:

Cuando un autor descubre un error o inexactitud significativa en el trabajo publicado, es obligación del autor notificar de inmediato a la revista y cooperar en el proceso de corrección. 

Directrices para evaluadores - modalidad doble ciego

La Revista Pensamiento Jurídico agradece la disposición e interés por contribuir a la calidad de los trabajos que publicamos. Al realizar la evaluación, por favor tenga en cuenta los siguientes aspectos:

1. Se le solicitará una información básica que será usada para procesos de indexación de la revista. Agradecemos nos envíe los datos completos.

2. El formato evaluará algunos aspectos temáticos para los cuales tiene cuatro opciones: excelente, buena, regular y mala. Si considera pertinente, también puede agregar sus observaciones. 

3. El último apartado de la evaluación se pregunta por su recomendación para publicar o no el artículo, así como sus sugerencias y recomendaciones, donde puede extender su argumentación tanto como desee.

4. Al terminar la revisión, dé clic en el botón azul "presentar revisión", de otra manera la evaluación no será recibida.

5. Al realizar la evaluación se entiende que no presenta ningún conflicto de interés con el documento. Agradecemos el cumplimiento de las fechas de evaluación para cumplir con el proceso editorial. La evaluación es en modalidad doble ciego, por lo que no se le compartirán datos del autor, así como no serán compartidos sus datos.

Puede consultar el formato de evaluación utilizado por la revista Pensamiento Jurídico aquí.

Política de acceso abierto

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Hasta el No. 58 de 2023 la revista trabajó bajo la licencia Creative Commons CC-BY-NC-SA . Teniendo en cuenta los ajustes realizados en la política editorial de la revista,  los artículos publicados a partir del No. 59 se encuentran bajo la licencia CC BY-NC 4.0.

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Archivo

En la plataforma OJS se mantiene una versión del registro, también se conforma un archivo histórico que da cuenta de la existencia de la publicación. Los artículos no publicados y los documentos de la respectiva gestión editorial se encuentran allí para respaldar el registro de la revista y no son de acceso abierto. No se utilizan estos documentos para otros fines no establecidos en esta página.

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Directrices para la revisión por pares

Al momento de presentar una postulación de un documento el autor o autores deberán completar y firmar una “carta de compromiso” en la que se declara que el artículo no ha sido publicado y que no será presentado de manera simultánea a otra revista mientras permanezca en el proceso de arbitraje.

Todos los autores deberán remitir un archivo adicional con los datos completos de su formación académica, filiación institucional, correo electrónico (institucional y personal) y listado de publicaciones recientes.

Todos los textos serán remitidos al Comité Editorial, el cual designará los árbitros especialistas que realizarán la evaluación académica de los materiales, y quienes no conocerán las identidades de los autores, asi mismo los autores no conoceran la identidad de los arbitros designados (sistema de doble ciego - Double-Blind Peer Review). Una vez evaluados y aprobados los artículos, la revista se comunicará con los autores, y luego iniciará el proceso de corrección de estilo y puesta a punto del material seleccionado.