Propuesta para la financiación de la educación superior en Colombia
Palabras clave:
Asignación ciudadana universal, financiamiento, educación superior, Colombia. (es)Propuesta para la financiación de la educación superior en Colombia
A proposal for financing higher education in Colombia
Andrés Felipe Mora Cortés.Politólogo y Magíster en Ciencias Económicas de la Universidad Nacional de Colombia. Estudiante del Doctorado en Estudios Políticos y Relaciones Internacionales en esa misma Universidad. Investigador del Grupo Interdisciplinario de Estudios Políticos y Sociales Theseus del Departamento de Ciencia Política de la Universidad Nacional de Colombia, e Investigador del Observatorio Nacional de Paz.
Fecha de recepción: 26 de julio de 2011 Fecha de aceptación: 27 de julio de 2011
Resumen
Inspirado en los modelos de asignación ciudadana y renta básica de ciudadanía, el documento presenta una propuesta para el financiamiento de la educación superior en Colombia. Se presentará una alternativa que brinda a todos los jóvenes de Colombia la oportunidad de ejercer su derecho a la educación superior. Bajo principios de universalidad, individualidad e incondicionalidad se le ofrecerá a cada uno de sus ciudadanos una asignación de 30 millones de pesos en el momento de finalizar sus estudios secundarios. Este modelo de renta básica incentivará la obtención de los logros educativos requeridos por el país en los niveles de preescolar, primaria y secundaria, y ofrecerá oportunidades reales para acceder a la educación superior técnica, tecnológica o profesional. La propuesta se plantea como un subsidio a la oferta educativa de las Instituciones de Educación Superior que resulta compatible y complementario con la obtención de otros objetivos de política pública en materia de educación, salud, empleo, nutrición, eliminación de la pobreza y minimización de la desigualdad. La propuesta asciende a un total de 102 billones de 2011 para los próximos 56 años.
Palabras clave: Asignación ciudadana universal, financiamiento, educación superior, Colombia.
Abstract
Inspired by stakeholder and guaranteed basic income models, the document presents a proposal for financing higher education in Colombia. The author shows an alternative which offers to any young in Colombia the opportunity for practicing his right to higher education. Applying principles of universality, individuality and unconditionality, this proposal involves handing in 30 million pesos to each young upon completion of secondary school. The model will incentive the educative goals of the country in pre-school, school and middle school, and will offer real opportunities for acceding to higher education. The proposal is a subsidy to supply in higher education institutions that does not limit others public policy objectives in education, health, employ, nutrition or struggle against poverty and inequality. Financing of such an allocation over 56 years adds up to 102 trillion pesos of 2011.
Key words: Universal stakeholder, financing, higher education, Colombia.
Presentación
Los pueblos de América Latina sufren las consecuencias de la implementación de un modelo de política social residual y neoasistencialista. El carácter procíclico del gasto social, la desregulación y precarización de los mercados laborales, la privatización, los subsidios focalizados a la demanda y la mercantilización de los derechos de los ciudadanos, constituyen el correlato de un modelo de protección social adecuado a las necesidades de fortalecimiento de los mercados financieros, la austeridad fiscal y la defensa de los derechos de propiedad. La denominada "lucha contra la pobreza extrema" resulta contradictoria y antagónica de la implementación de sistemas de protección social mutualistas y universalistas. El "manejo social del riesgo" y la "inversión en recursos humanos" pronto han mostrado su precaria idoneidad para mejorar las condiciones de vida de los individuos y su falta de aliento para impulsar el tránsito hacia sociedades más justas, igualitarias y garantes de la libertad de los agentes.
Es por ello que el avance social representado por la defensa de los derechos económicos y sociales y por la exigencia de los derechos, constituye una mejora innegable hacia la consolidación de regímenes socioeconómicos más progresistas. Sin embargo, la agresión neoliberal ha abierto también una oportunidad para repensar la política social y configurar escenarios redistributivos y de protección social más justos y novedosos. En efecto, el neoliberalismo ha permitido visualizar alternativas de regímenes socioeconómicos capaces de trascender las limitaciones sociopolíticas, económicas y normativas de los modelos de protección y política social que le antecedieron y que perecieron ante sus fuerzas.
Particularmente, las nuevas condiciones económicas y sociales del mundo contemporáneo, así como las discusiones y avances que el neoliberalismo estimuló en el terreno de las teorías de la justicia, han configurado un espacio propicio para pensar en el "des-asalaramiento" de los derechos económicos y sociales: hoy es posible justificar modelos de política social no sustentados en la conexión de los agentes con el mercado laboral y no basados en la defensa del principio contributivo. En la actualidad es posible "exigir el ejercicio de los derechos" en el marco de una política social "sin contraprestación". El fin del principio contributivo representa una de las dimensiones más novedosas e interesantes de los modelos de renta básica de ciudadanía y asignación ciudadana.
Dichos modelos constituyen una propuesta innovadora nacida de la izquierda que pretende "desmercantilizar a los individuos" y ofrecerles la oportunidad de materializar sus derechos al margen del mercado del trabajo. La renta básica de ciudadanía es una alternativa que deja de lado la dimensión contributiva del Estado de bienestar tradicional, y el carácter mercantilista y meritocrático que adquieren los derechos sociales y económicos al interior de sus fronteras. En general, puede decirse que el principio contributivo subsume los derechos a diversos mecanismos de merecimiento individual que ignoran la necesidad y la pobreza, ajustándose a un determinado historial laboral, político y moral:
"La consecuencia inmediata es que el principio contributivo, en origen destinado a dar respuesta al "problema social", no tenía a la postre nada que ver por sí mismo con la lucha contra la pobreza y la necesidad […] La reforma social se proponía en principio reducir la pobreza y el desempleo, pero precisamente pobres y desempleados (o empleados eventuales e inestables) eran los excluidos de la protección contributiva, que incluía sin embargo a los relativamente privilegiados, con claros criterios electoralistas y de moralidad puritana" (Noguera: 2001, 69).
Lejos de los límites del principio contributivo, a continuación será expuesta una alternativa de asignación ciudadana que brindará a todos los jóvenes de Colombia la oportunidad para ejercer su derecho a la educación superior. En efecto, bajo principios de universalidad, individualidad e incondicionalidad Colombia le ofrecerá a cada uno de sus ciudadanos una asignación de 30 millones de pesos en el momento de finalizar sus estudios secundarios. Este modelo incentivará la obtención de los logros educativos requeridos por el país en los niveles de preescolar, primaria y secundaria y ofrecerá oportunidades reales para acceder a la educación superior técnica, tecnológica o profesional. Todo esto en un contexto en que los propósitos de la asignación ciudadana resultan compatibles y complementarios con la obtención de otros objetivos de política pública en materia de educación, salud, empleo, nutrición, eliminación de la pobreza y minimización de la desigualdad.
1. Sobre las apuestas económicas, políticas, sociales y normativas de las rentas básicas
El principio contributivo ha constituido la piedra angular de la política social moderna. En conjugación con la defensa de la ética del trabajo, dicho principio ha sido funcional a un modelo de política social sustentado en la triada ciudadanía-empleo-seguridad social. Más que rescatar las dimensiones transformadoras de la política social, este modelo ha consolidado una visión gubernamentalista de la política social que ha servido poco para redistribuir la riqueza y mucho para garantizar la reproducción del orden capitalista existente. Así, el fin del principio contributivo como pilar fundamental de la política social, constituye el medio clave para rescatar la dimensión transformadora de la política social y trascender el fundamento básico de los regímenes de bienestar que antecedieron al desdeñable modelo neoliberal.
Es este uno de los aspectos inherentes a la filosofía social y política defensora de los modelos contemporáneos de rentas básicas. Entre ellos es posible destacar dos modelos: i) la renta básica de ciudadanía y ii) las asignaciones ciudadanas.
- La renta básica de ciudadanía se considera "un mecanismo de distribución de la renta por el cual se proporciona a cada persona, por derecho de ciudadanía, una renta suficiente para cubrir sus necesidades básicas, y sin necesidad de estar condicionada por el mercado de trabajo, ni por el volumen de ingresos" (Iglesias, 2003: 15). El otorgamiento de dicha renta básica debe estar regulado por los criterios de individualidad (para cada individuo), universalidad (para todos como derecho ciudadano) e incondicionalidad (independientemente de la disposición a trabajar o de la generación de otras rentas o ingresos). No se plantea como sustituta de otros bienes meritorios1, y garantizaría el regreso de formas no mercantiles de satisfacción de las necesidades y de ejercicio de los derechos (Van Parijs: 1996).
- La asignación ciudadana constituye un modelo de política y protección social que busca trascender los modelos tradicionales del Estado de bienestar dejando de lado el principio contributivo y ofreciendo una asignación ciudadana lo suficientemente grande a cada individuo en el momento de llegar a su mayoría de edad para que pueda ejercer la macrolibertad; es decir, la oportunidad para tomar decisiones de vida que trasciendan las elecciones cotidianas de consumo. La asignación ciudadana se otorgaría por una sola vez en un nivel lo suficientemente elevada y, en algunas versiones, se propone sea apoyada por un plan de pensión global para la llegada de la vejez. Los ciudadanos que hayan tenido éxito con su asignación tienen la obligación de restituirla con intereses al morir. Esto implica la creación de un impuesto fuerte a las herencias que complementaria el impuesto sobre el patrimonio que financiaría la asignación. Con esto se construye una fuerte solidaridad intergeneracional. No se plantea como sustituta de otros bienes meritorios, y facilitaría la socialización o adquisición de los medios de producción por parte de los agentes (Ackerman y Alsttot: 2008a y 2008b).
Ambas propuestas comparten su defensa de los principios de individualidad, universalidad e incondicionalidad en el momento de la asignación; por lo tanto, ambas pueden ser incluidas dentro de los "modelos fuertes de implementación territorial"2. Esto no quiere decir, sin embargo, que deban ser rechazadas todas las dimensiones relativas al modelo socialdemócrata de protección y política social; por el contrario, es necesario comprender las rentas básicas como complementarias de un conjunto más amplio de bienes meritorios. De hecho, es claro que en el momento de pensar en el modo de financiación es importante evitar dilemas concernientes a qué bien de mérito retirar o remover para garantizar la renta básica3.
1 Los bienes de mérito son entendidos "como aquellos que se merece la gente por el solo hecho de ser seres humanos y, por tanto, su satisfacción no puede estar sujeta a la dinámica del crecimiento económico, ni depender de su contribución al mismo (…) Los bienes de mérito son universales y el Estado y la sociedad deben garantizar su provisión, puesto que quienes estén privados de ellos encuentran serias limitaciones para desarrollar sus capacidades. Estos bienes son convenidos socialmente y se expresan en el contrato social que, por excelencia, es la Carta Constitucional: libertad, justicia, seguridad, educación, salud y nutrición, pues sin ellos no pueden desarrollar sus capacidades" (Corredor: 2010, 67).
2 La discusión en torno a las rentas básicas ha aceptado con claridad el conjunto de restricciones políticas, económicas y sociales que enfrentan los países del Sur para avanzar en su implementación. De hecho, en este debate se ha aceptado la existencia de dos modalidades de rentas básicas: existen modelos débiles de implementación territorial que se presentan como paliativos funcionales a los efectos perversos del sistema, y modelos fuertes de implementación territorial que reivindican la potencia transformadora de la política social. Entre las primeras pueden ubicarse las propuestas de Milton Friedman y James Tobin relativas a la creación de un impuesto negativo; en las segundas se considera la alternativa de renta básica de ciudadanía inspirada en las tesis de Philippe Van Parijs y Bruce Ackerman. Las características fundamentales que permiten diferenciar una propuesta de otra radican en la naturaleza del vínculo establecido entre el modelo de renta básica defendido y los criterios de individualidad (para cada individuo), universalidad (para todos como derecho ciudadano) e incondicionalidad (independientemente de la disposición a trabajar o de la generación de otras rentas) que les son inherentes. Los modelos débiles se distinguen por violentar el conjunto (o alguno) de los criterios anteriormente invocados. El rechazo a estos criterios implica la imposición de un rasgo asistencial o compensatorio que minimiza la potencia transformadora de las rentas básicas de ciudadanía. El modelo débil introduce, por lo tanto, cambios marginales funcionales a la reproducción del sistema socioeconómico imperante. Al respecto ver Olin (2008).
3 "[…] para una persona con perspectivas progresistas, un Estado de bienestar al estilo sueco, con la provisión estatal con una larga lista de costosos servicios, a los que se suman unos pagos en efectivo dirigidos a aquellos que se encuentran en circunstancias especiales, tiene mayor prioridad […] Los fondos requeridos actualmente para financiar las asignaciones a ciudadanos o un ingreso básico universal podrían tener usos alternativos que resultan prioritarios. En particular, hay una clase de "bienes de mérito" –bienes y servicios que resulta de interés público que sean de acceso universal– que pueden proveerse mejor de manera universal por parte del Gobierno. Los pagos en efectivo dirigidos a personas en circunstancias particularmente difíciles deben tener mayor prioridad que el ingreso básico o las asignaciones a ciudadanos. Tales pagos incluyen concesiones para los menores de edad y seguros de desempleo, así como pensiones de subsistencia para los ancianos y los despedidos. Existe un límite práctico de la porción del PIB que puede obtenerse a través de los impuestos. Si la lista de bienes de mérito y de pagos en efectivo es larga y costosa, entonces en los niveles actuales de PIB quedaría poco o ningún espacio para los gravámenes destinados a financiar los grandes pagos en efectivo indispensables para desarrollar los esquemas de ingreso básico o de asignaciones a ciudadanos" (Bergmann, 2008: 195-196).
Se reitera, entonces, el compromiso con los derechos económicos y sociales y la garantía de los bienes de mérito defendidos por el régimen de bienestar socialdemócrata; se rechaza, sin embargo, su vínculo profundo con la ética del trabajo y su defensa férrea del principio contributivo.
Sin embargo, debe reconocerse que el principal punto de debate remite a la periodicidad con que se entrega la asignación: Van Parijs aboga por una renta básica periódica (mensual). No obstante, puede afirmarse que la renta básica constituye un caso especial de la asignación ciudadana: bajo el supuesto de ofrecimiento de una asignación ciudadana lo suficientemente grande, es posible que esta asignación ofrezca unos rendimientos mensuales asimilables a una renta básica de ciudadanía mensual. Con ello, todas las virtudes reconocidas a la propuesta de Van Parijs quedarían incluidas dentro de la propuesta de Ackerman, garantizando, además de la libertad real, la posibilidad de ejercer la "macrolibertad":
"¿Pero hay algo así como demasiada libertad? Aquí es donde asignaciones a ciudadanos y el ingreso básico comienzan a tomar caminos separados. Bajo el ingreso básico, a los ciudadanos no se les permite ir a los bancos de su vecindario y capitalizar el flujo de pagos de ingreso básico de toda una vida en una sola asignación. Mientras Van Parijs prohíbe a los ciudadanos que se cambien a nuestro programa, nosotros somos más tolerantes: cualquier ciudadano con asignaciones puede cambiarse al sistema de ingreso básico, tan sólo con la compra de una póliza a una compañía de seguros, con la cual se le enviaría un cheque mensual […] Un ingreso garantizado de US $4.800 anuales, pagado cada año puede resultar adecuado para los surfers. Pero la mayoría de los adultos jóvenes descubrirán que este ingreso básico restringe su libertad real para forjar su vida, y que lo hace de modo severo. De manera obvia, la restricción rompe claramente la libertad de las personas que quieren invertir sus asignaciones en el desarrollo de su propio "capital humano". Considérese un graduado de secundaria de 21 años que busca convertirse en un mecánico automotriz de primera categoría. Necesita US $20.000 para aprender las técnicas de este negocio cada vez más tecnologizado. Con un ingreso básico, tendrá que esperar cuatro o cinco años para reunir el dinero. ¿Por qué?" (Ackerman y Alstott: 2008a. 84-86).
Son estas las alternativas para avanzar hacia un Estado Posbenefactor. Por supuesto, alrededor de estos modelos alternativos de política social se han presentado múltiples debates, concernientes a su verdadero potencial emancipatorio y transformador. Sin embargo, hay un relativo consenso en la necesidad y posibilidad de reinvención del Estado de bienestar "dando un paso adelante": es decir, avanzando hacia la superación, incluso, de aquellas perspectivas alternativas que aunque rechazan abiertamente el modelo neoliberal de política social, demandan la instauración de regímenes universales y mutualistas que se mantienen atados al principio contributivo.
Las alternativas de rentas básicas constituyen propuestas innovadora nacidas desde la izquierda que pretenden "desmercantilizar a los individuos" y ofrecerles la oportunidad de vivir y materializar sus derechos al margen del mercado del trabajo. Todas abren caminos que dejan de lado la dimensión contributiva del Estado de bienestar (en sus materializaciones liberal-anglosajona, conservadora-continental y universal-socialdemócrata), y que se apartan del carácter mercantilista y meritocrático que adquieren los derechos sociales y económicos al interior de sus contornos (Esping-Andersen: 2000).
Con esta propuesta se recoge, entonces, la muy justificada demanda por trascender el modelo neoliberal de política social, y se impulsa el tránsito hacia la concreción de alternativas de redistribución y protección social que "dan un paso adelante": en efecto, el modelo de renta básica de ciudadanía aquí propuesto tiene la posibilidad de avanzar en la superación de las limitaciones sociopolíticas, económicas y normativas que históricamente han caracterizado a los regímenes liberal, conservador y socialdemócrata de bienestar, y a los sistemas asistencialista, bismarckiano, beveridgeano y neoasistencialista de protección social (Giraldo: 2007); todo, en un contexto en que se recrea una interesante propuesta en función de las necesidades específicas del país, y en la que se define un objetivo claro para la conducción de la acción política.
A continuación será expuesta una alternativa de asignación ciudadana que brindará a todos los jóvenes de Colombia la oportunidad para ejercer su derecho a la educación superior bajo principios de universalidad, individualidad e incondicionalidad.
2. Una propuesta de asignación ciudadana para Colombia: el camino para garantizar el derecho universal a la educación superior
Las apuestas hasta aquí enunciadas nunca deben ser concebidas como planes específicos de gobierno o como estrategias discrecionales de determinadas autoridades educativas; por el contrario, todas ellas deben constituir los aspectos fundamentales de un modelo de política educativa consistente con las obligaciones adquiridas y contraídas por el Estado en el marco de la ratificación de instrumentos internacionales de derechos humanos, la Constitución Política de 1991, las leyes de la República, la jurisprudencia de la Corte Constitucional y los pronunciamientos y conceptos otorgados por la Defensoría del Pueblo. Son estas las obligaciones mínimas de un Estado social y democrático de derecho como el colombiano. Y es esta la nueva concepción de un Estado de derecho que trasciende su dimensión formal para ocuparse también de su dimensión sustancial (Burgos: 2009):
"En los últimos años, el cuerpo de principios, reglas y estándares que componen el derecho internacional sobre derechos humanos ha fijado con mayor claridad no solo las obligaciones negativas del Estado, sino también un cúmulo de obligaciones positivas […] Ha definido con mayor precisión no solo aquello que el Estado no debe hacer, a fin de evitar violaciones, sino también aquello que debe hacer para lograr la plena materialización de los derechos civiles y políticos, y también económicos, sociales y culturales. En tal sentido, los derechos humanos no son pensados hoy tan solo como un límite a la opresión y al autoritarismo, sino también como un programa que puede guiar u orientar las políticas públicas de los Estados y contribuir al fortalecimiento de las instituciones democráticas, particularmente en procesos de transición o en democracias deficitarias o débiles" (Abramovich: 2006, 38).
Bajo esta perspectiva, la implementación de un modelo de renta básica a manera de asignación ciudadana en Colombia se basa en la creación de un fondo de recursos que, al subsidiar la oferta educativa en el nivel superior, posibilitará la entrega de una asignación ciudadana lo suficientemente grande para que cada persona ejerza con mayor oportunidad su derecho a la educación después de culminar sus estudios secundarios. La propuesta funcionaría bajo los siguientes supuestos:
- Se establece un horizonte temporal de 14 años. Este horizonte temporal comprende el período de permanencia de un niño que ingresa –de manera obligatoria– a la educación preescolar a los 3 años de edad y se gradúa al finalizar la totalidad del ciclo comprendido en la educación secundaria. Se espera que el nivel preescolar comprenda tres años de educación y que, por lo tanto, los estudiantes que culminen sin tropiezos su trayectoria educativa (sin deserción o repitencia) culminen sus estudios escolares a los 16 años de edad. Los retornos producidos por el fondo durante este período de tiempo no está sujeto a impuestos.
- Por cada niño de tres años que ingrese al primer año de educación preescolar la Nación realizará una única asignación inicial de $7.717.812 pesos. Bajo supuesto de una tasa de interés real compuesta del 12% efectivo anual, este monto ascenderá durante los 14 años que el estudiante permanece en el sistema educativo a un valor de $ 37.717.812. Cada estudiante recibirá al momento de ingresar a la educación superior pública de manera incondicional, individual y universal la suma de $30.000.000 reales para financiar sus estudios. Los $7.717.812 restantes se reinvertirán en el fondo con el propósito de disminuir los costos futuros de la asignación ciudadana.
- Si un estudiante repite algún año escolar, el rendimiento generado por el año adicional será reinvertido en el fondo, luego cada estudiante obtendrá en todos los casos un monto de $30.000.000. Bajo la modalidad de reinversión presentada, el costo de la asignación ciudadana ascenderá a 102.5 billones de pesos de 2011 para un período de 56 años. 93.5 billones serán requeridos durante los primeros 14 años de implementación del programa. Dada la estrategia de ahorro y reinversión propuesta, el programa ascenderá a 8.97 billones durante los subsiguientes 42 años de implementación. Se propone que el programa inicie en 2011 y que la primera entrega de la asignación ciudadana se realice en 2024.
- Se ha determinado una asignación ciudadana de $30.000.000 porque a precios de 2011, los costos semestrales de los estudios universitarios, técnicos y tecnológicos ascienden a un promedio de entre 6 y 8 salarios mínimos legales mensuales vigentes de 2011 ($3.186.000). Se suponen estudios no inferiores a cinco años. Los ciudadanos que busquen estudios técnicos, tecnológicos o profesionales de menor duración tendrán la posibilidad de ahorrar parte de su asignación para utilizarla como deseen. Así mismo, se ha escogido una asignación ciudadana de $30.000.000 porque, al suponer una tasa de interés real anual del 12%, la asignación ofrecerá un rendimiento de $3.600.000; es decir, $300.000 por mes. Quienes los prefieran, entonces, tendrán una renta básica de ciudadanía mensual que duplica el valor de la línea de pobreza para Colombia en 2011 ($120.000).
- Actualmente, para el caso específico de las 32 Universidades públicas de Colombia, el aporte estatal por estudiante es, en promedio, de $4.000.000 de pesos anuales4. Con la propuesta aquí presentada, se garantizaría un aporte de $7.500.000 anuales para carreras de ocho semestres, o de $6.000.000 anuales para carreras de diez semestres (es decir, un aumento del 87% o del 50% anual por estudiante, respectivamente).
El Anexo No. 1 muestra el monto de la inversión para cada año que se realizaría teniendo en cuenta las proyecciones del crecimiento de la población de tres años de edad en Colombia entre los años 2011 y 2066. Se proyectan 14 años de estudio, de los cuales tres corresponden a la educación preescolar y once conciernen a los niveles de educación primaria y secundaria. Durante cada año de entrega de asignaciones ciudadanas se espera ahorrar el mismo monto necesario para cubrir el valor de la asignación de la misma población el comienzo del proceso. Por este motivo, el valor del aporte que realizará Colombia para garantizar una asignación ciudadana después de 14 años se reduce de una manera tan drástica, pues la inversión disminuye de un promedio de 6.68 billones de pesos entre los años 2011-2024, a un promedio de 214 mil millones de pesos entre los años 2025 y 2066 (Gráfico No. 1).
Con este modelo de asignación ciudadana se pretende otorgar una oportunidad real e incrementar la seguridad económica de cada joven de Colombia en el momento en que culmine sus estudios de secundaria. La juventud colombiana tendrá la oportunidad de enfrentar la adultez con un activo financiero que le servirá para ejercer de mejor manera y de forma universal su derecho a la educación. El otorgamiento de asignaciones de este tipo se ha considerado como un aspecto fundamental para complementar políticas relativas al empleo, el incremento y la redistribución del ingreso, la universalización de los servicios públicos y la disminución de la delincuencia juvenil.
4 Vale mencionar que según el Ministerio de Educación Nacional, el valor per cápita por estudiante en la educación superior en Colombia es de $3.52 millones anuales. Al respecto ver: Ministerio de Educación Nacional (2011). Proyecto de Ley "Por el cual se organiza el sistema de educación superior y se regula la prestación del servicio público de la educación superior". Ministerio de Educación Nacional, Colombia.
Varios estudios demuestran que este tipo de asignaciones incrementa los niveles de independencia de los sujetos, amplía sus oportunidades e impulsa la movilidad intergeneracional (UK Treasury, 2001). Bynner y Despotidou (2001) indican, igualmente, que la ausencia de activos tiene un efecto independiente fuerte sobre las oportunidades de los jóvenes. En efecto, controlando factores relativos al ingreso y otras condiciones socioeconómicas, dichos investigadores demuestran que el efecto independiente de la ausencia de activos en forma de ahorro o posibilidades de inversión en la juventud, está fuertemente asociado con niveles bajos de ingresos, mayor desempleo, menores niveles de salud y ausencia de actividades empresariales y productivas durante la edad adulta. Todos aquellos jóvenes con activos en el momento de afrontar su adultez poseen más oportunidades de encontrar empleos de tiempo completo, mayores niveles de ingreso y mejores niveles de salud. Tendrán, en resumen, una mayor seguridad económica.
Adicionalmente, esta propuesta complementará el conjunto de políticas que se vienen ejecutando en Colombia con el propósito de materializar los derechos, económicos y sociales, y ofrecerá una valiosa oportunidad para incrementar la dimensión de la seguridad económica en país. Más aún, debido al carácter incondicional, universal e individual de la asignación se abrirá un camino para el "des-asalaramiento" de los derechos, se establecerá una clara propensión a superar el principio contributivo y se hará de Colombia un país más justo. Con la profundización del enfoque de derechos (y la garantía de los bienes meritorios que este enfoque supone) y el impulso a la justicia social y la igualdad que ofrece el modelo de asignación ciudadana aquí propuesto, Colombia podrá avanzar de manera más clara hacia un modelo socioeconómico verdaderamente alternativo al que se propone desde el neoliberalismo en clave de "manejo social del riesgo" e "inversión en recursos humanos".
Con esta propuesta, el sistema de universidades estatales recibirá anualmente un promedio de 27.2 billones de pesos reales. La propuesta es también perfectamente financiable en Colombia. El promedio de inversión anual asciende al 1.1% del PIB proyectado para el año 2011. Este monto equivale únicamente al 30% del gasto en seguridad y defensa o al 19% del gasto total en deuda estatal para el año 2011. De hecho, la asignación ciudadana sería perfectamente financiable si se desmontan las gabelas tributarias ofrecidas por el gobierno de Álvaro Uribe Vélez (que ascienden al 1.6% del PIB), o si se mantiene el impuesto a las transacciones financieras y el impuesto al patrimonio (que sumados equivalen al 1.1% del PIB) (Perry, 2010). Betancourt (2005) ha presentado también una propuesta de reforma tributaria progresiva que alcanza a generar recursos cercanos al 1% del PIB.
3. Conclusión
Actualmente cursa en el Congreso de la República un proyecto de ley de reforma al sistema de educación pública superior en Colombia, que establece nuevos y diversos mecanismos para su financiamiento y sostenibilidad. Lamentablemente, después de tener un presupuesto prácticamente congelado desde el año 1993, la iniciativa gubernamental no avanza en reconocer ni en asumir la responsabilidad que el Estado colombiano tiene con la educación superior y, por el contrario, establece criterios de asignación de recursos inspirados en lógicas privatizadoras, mercantilistas, procíclicas, focalizadoras y de subsidio a la demanda.
Más aún, bajo argumentos cuestionables relacionados con supuestas restricciones presupuestales (mientras Colombia invierte actualmente cerca del 5% del PIB en gastos de defensa y seguridad, únicamente invierte el 1.08% del PIB en educación superior) el gobierno insiste en la necesidad de diversificar las fuentes de financiamiento de las instituciones de educación superior a través de alternativas que reducen los montos directos proveídos por el Estado, y que incrementan aquellos recursos provenientes del mayor esfuerzo fiscal de los entes territoriales, de los recursos propios generados por las instituciones de educación superior, del aumento de las matrículas, del acceso particular a los créditos del ICETEX y de otros recursos públicos como las regalías.
Es evidente que bajo este modelo serán las familias y los individuos quienes a través de mayores matrículas o acceso al crédito tendrán que asumir de manera privada los costos de la educación superior en el país.
Es en este punto donde la propuesta de financiación aquí presentada adquiere mayor sentido económico, político y social. En efecto:
Más que avanzar hacia lógicas focalizadoras y de subsidio a la demanda, la propuesta presentada le apuesta a modelos universalistas y de fortalecimiento de la oferta que garanticen el establecimiento de lógicas solidarias e igualitarias en la política social en general, y en la política educativa en particular.
Más que insistir en la configuración de un Estado que impulsa la creación de cuasi-mercados para la asignación eficiente de servicios educativos, la propuesta aquí presentada le exige al Estado asumir las responsabilidades y obligaciones emanadas de las cartas de derechos humanos y la Constitución Política de 1991 en un horizonte que reconozca la educación superior como un bien público, y al Estado como el garante último y esencial de los derechos económicos sociales y culturales.
Más que considerar a los estudiantes como sujetos de necesidades susceptibles ser engranados en las lógicas del desarrollo capitalista contemporáneo, considera a los estudiantes como sujetos de derechos, capaces de generar pensamiento crítico e innovador, preparados para emprender procesos de transformación social.
Más que asumir el tema presupuestario y financiero como una restricción implacable para el ejercicio de los derechos, la propuesta asume que los presupuestos públicos y el volumen y orientaciones del gasto social son el resultado de las correlaciones de fuerza que hacen presencia en la sociedad y de la voluntad política de los gobiernos.
En fin, se demuestra la posibilidad de emprender modelos alternativos, que si bien, para el caso de este documento, se han concentrado en aspectos financieros y económicos, no olvidan aquellas dimensiones de la educación que la acercan de manera fundamental a la existencia de los seres humanos y al destino de las sociedades; dimensiones que invitan a pensar la educación como fuerza espiritual de los pueblos; y que al ser reconocidas, invalidan cualquier pretensión reduccionista o simplista de reforma educativa; dimensiones que el escritor Ernesto Sábato en su texto Educación y crisis del hombre resalta con vehemencia:
"Evitemos pues el error fundamental de reformar la educación como si se tratase de un problema meramente técnico, y no el resultado de la concepción del hombre que le sirve de fundamento, de esos presupuestos que la sociedad mantiene acerca de su realidad y su destino y que, de una manera u otra, definen una manera de vivir y de morir, una actitud ante la existencia entera. De este modo, la educación no se lleva a cabo en abstracto, sino en concreto, se hace con vistas a un proyecto de ser humano y de sociedad".
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