Rosler, Andrés. Razones públicas. Seis conceptos básicos sobre la república. Editorial Katz, 2018. 316 pp.
Rosler, Andrés. Razones públicas. Seis conceptos básicos sobre la república. Editorial Katz, 2018. 316 pp.
Parte de los malestares sociales presentes en la actualidad parece estar relacionada con demandas por recuperar o construir la "cosa pública", la república, ante un orden político y económico liberal o neoliberal convencido de que, con democracias restringidas y solo la garantía de avances sociales en términos de ingresos monetarios y superación de la pobreza, sería suficiente para ganar la legitimidad, apoyo y consenso social, además de poner fin a los conflictos.
Sin embargo, estas sociedades y sus individuos ¿saben realmente el significado de la república, sus elementos y qué ideas y valores reclamaría de cada uno? Estas son las preguntas que el argentino Andrés Rosler, filósofo del derecho y de la política (este libro ya le garantiza un lugar en este campo), responde en este escrito. El autor, siendo fiel a su estilo, acompaña el profundo debate teórico, argumentativo y lógico con ejemplos de obras clásicas de Grecia, Roma y el Renacimiento, pero también con ejemplos de la cultura moderna y posmoderna occidental y latinoamericana. Es un estilo novedoso dirigido a las nuevas generaciones que aprehenden más los argumentos con ejemplos sobre la liga de fútbol argentina, canciones, frases de películas o chistes.
Su apartado introductorio sirve como justificación para recuperar el republicanismo, contrastando las ventajas epistemológicas de las ideas políticas de este pensamiento sobre otras: 1) la política como debate, 2) la transparencia de las razones y 3) la claridad conceptual. En su explicación de cada una se puede identificar lo que se reclamaría de cada individuo: 1) estar abierto al debate y ejercitar la oratoria, 2) no usar escudos de autoridad y 3) tener claro que todos hablen el mismo lenguaje.
Inmediatamente comienza a revisar los 6 elementos básicos y distintivos de la idea de república, a saber: 1) libertad, 2) virtud, 3) debate, 4) ley, 5) patria y 6) dictadura, los cuales constituyen los capítulos del libro.
En cuanto a la libertad, el autor compara las diferencias entre la concepción negativa (LN) y la positiva de la libertad (LP), recordando que el énfasis de la primera se concentra en restricciones físicas, mientras que la segunda en lo normativo. Al estudiar la LN advierte sobre no confundir los constreñimientos u obstáculos con la libertad, la cual se mantendría siempre que no se supere el límite de la "situación" normal, trayendo el ejemplo de la oferta del vaso de agua en el desierto que desbordaría una situación normal. Aclara también que la LN no es un tema de mera cantidad y de oportunidad, sino de la propia naturaleza de la oportunidad, usando el ejemplo de considerar que la libertad es mayor en países islámicos que en Reino Unido, porque hay menos semáforos y se afectaría menos la libertad de tránsito de las personas. Finalmente, cierra la revisión de la LN con críticas y reflexiones desde el mismo Hobbes, al asumir la LN como la única y mejor concepción de libertad. Por su parte, la LP, con su énfasis en lo normativo, se mueve en torno a las preguntas sobre ¿qué es lo que hacemos? y ¿quién toma la decisión? Por ello habría restricciones que mejoran la libertad, además de requerir de una "comunidad de reconocimiento mutuo". Esto conduce obviamente al silogismo cuya conclusión sería: en la modernidad la libertad consiste en la obediencia a las instituciones del Estado, lo que critica Rosler por ser una idea peligrosa.
Entonces ¿es la libertad republicana la salida a estos dos extremos sobre la libertad? Para Rosler sí, y procede a describir la idea de "libertad como no dominación" (LND), la cual compartiría con la LP el entender la libertad en términos valorativos y no solo físicos, pero solo exigiendo la falta de subordinación y no exigiendo la perfección de la naturaleza humana. Destaca el ejemplo de diversos campos en los que se manifestaría este tipo de libertad, desde la esclavitud al pago de impuestos.
Cierra este apartado con una disertación en torno a la manera en que la LND se mueve como péndulo entre el utilitarismo y el no utilitarismo, y la consecuencia que puede conllevar la idea de que "la libertad no es nada cuando todo el mundo es libre", negándole entonces la LND a algunas sociedades, tema que desarrollará aún más en el quinto capítulo sobre la patria.
Sobre la virtud, el autor recuerda que, a pesar de la desconfianza que genera el término, la virtud republicana no reclama ningún sacrificio especial más que participar en el emprendimiento común y, en caso de ejercer cargos públicos, hacerlo de forma correcta. No obstante, ¿cómo se sabe qué es lo correcto o qué se debe hacer? La respuesta no surge de una moral preconcebida, sino del producto de la deliberación entre los ciudadanos, la cual no se reduce solo a que los argumentos sean razonables y fundamentados, sino que también pretende motivar a los miembros del auditorio. Con esto se abre la puerta a una disertación sobre la retórica entendida en el sentido republicano, es decir, el desarrollo de la capacidad de juicio y de apreciar matices para actuar. Es claro que abrirse a la retórica conlleva los riesgos de manipulación y demagogia, que pueden llevar a la corrupción de la república. Sin embargo, existen correctivos en otros de los elementos claves del republicanismo, como el debate y la dictadura.
El autor culmina este apartado con ejemplos históricos de Roma y de ciudadanos que se sacrificaron por ella, como Mucio, Coroliano y Régulo, para mostrar que la virtud cívica puede tener repercusiones psicológicas y epistémicas duraderas para conducirse en aras del bien común. Recuerda nuevamente el movimiento pendular del republicanismo entre utilitarismo y antiutilitarismo, y cómo ningún aumento en el bien común justificaría la interferencia arbitraria en la vida de los ciudadanos (la LND).
Pasando al tercer elemento y capítulo, el debate, al igual que con los otros elementos, Rosler comienza por defenderlo de la tendencia moderna liberal de rechazarlo como manifestación del conflicto, el cual no debería existir o debería desaparecer. Contrario a esto, para los republicanos, es la virtud misma la que provoca el debate, y de este nace el bien público. En el rescate de la retórica, recuerda que se trata de convencer a partir de convicciones comunes que funcionan como premisas. El único dogmatismo es con la defensa de la idea de república.
La defensa a la retórica lo lleva a debatir las tesis de razón pública desarrolladas por otros autores como Hobbes, Rousseau, Kant, Habermas y Rawls, pues todas desconfían de la retórica y confían en una supuesta unanimidad construida con base en la racionalidad. Según ellos, la posibilidad de discrepar solo se da al principio de la suscripción del contrato social y no después. Contrario a esto, los republicanos entienden el consenso como algo siempre contingente: una razón pública horizontal o exogámica que no teme debatir con los detentadores del poder. Por ello, el autor nos recuerda que la primera vez que se usa la expresión razón pública en inglés es en la obra Julio César de Shakespeare, en el discurso de Bruto por el asesinato. Este constituye uno de los apartados más atrapantes y envolventes del libro, que, sin duda, generará que muchos lectores no familiarizados con el teatro shakesperiano acudan a revisar diversas representaciones cinematográficas y teatrales de esta obra.
El análisis de este discurso lleva a Rosler a justificar nuevamente la importancia de la retórica, pues, aun siendo el discurso de Bruto más verdadero, terminó sucumbiendo al de Marco Aurelio, más retórico. Bruto habría incurrido en varios errores: usar mucho el quiasmo; usar preguntas que acosan al público; al final el discurso, girar sobre su persona más que sobre la libertad de la república; y, finalmente, el más grave, no dar oportunidad al debate, sino exponer un círculo que se cierra sobre sí mismo; trató de convencer a todos de que él era "perfecto". Rosler finaliza el apartado recordando eventos históricos de Roma que demuestran que el conflicto puede generar beneficios a la república, y advierte que conflictos actuales como el de la distribución social del ingreso no tendrían una respuesta predefinida por los republicanistas, pues lo que defienden no es la propiedad privada, sino la libertad y la autonomía de lo político como constitutivo de la política.
Por su parte, en el capítulo cuatro sobre la ley, el autor comienza destacando la importancia de las instituciones y las reglas al asignar funciones sociales. Posteriormente, analiza la relación entre construcción de la ley y democracia y las posturas declarativas o constitutivas, lo que equivale a suponer que la voluntad general existe de antemano o se construye luego del debate. Continúa con la descripción de las dos formas de entender la autoridad política y la ley: una minimalista, en la que la ley se limitaría a recordarnos nuestros deberes, y una maximalista, que asume que el súbdito debe obedecer la autoridad de la ley por el simple hecho de ser ley. Recuerda que en la mayoría de las acciones nos guiamos más por la segunda que por la primera. No obstante, Rosler llega a la pregunta clave sobre el control al poder y el posible abuso con la ley. En este caso recuerda que los controles al poder también son de cuño o invención republicanista, a pesar de que en la actualidad se asocie con el liberalismo; dicho control pasa por reconocer la separación entre potestas y auctoritas, y, por tanto, organiza un diseño institucional que separa y genera equilibrios entre estos elementos. Recuerda, entonces, que no toda decisión mayoritaria sería democrática, y menos si va contra la libertad como dominación. Concluye este apartado con una reflexión en torno a la concepción de pueblo: la exclusiva o partidaria y la inclusiva; la primera identificaría al pueblo con cierto grupo social, el mayoritario usualmente, mientras que la segunda no haría diferencia entre todos los ciudadanos. En la primera, la existencia del desacuerdo se debe a los enemigos del pueblo, mientras que la segunda reconoce la heterogeneidad. Obviamente la segunda reconoce más la complejidad social y, por tanto, la importancia del papel de las instituciones para garantizar la discusión y las decisiones.
Acercándose al final de las reflexiones sobre los elementos, en el quinto, la patria, comienza por comparar las posturas particularistas y cosmopolitas frente a las virtudes. La primera de ellas se diferenciaría por reconocer que las acciones humanas provienen no solo de consideraciones racionales, por lo que preguntas como de dónde somos o venimos sí tienen importancia. Rosler considera que el particularismo prepara mejor para una ética más plena, y para pensar en la comunidad y facilitar la cooperación. Continúa con una comparación entre el nacionalismo y su retórica frente a la idea de patria republicanista; la primera se diferenciaría por convocar 1) pasiones irracionales, 2) sentimientos primitivos y 3) al grupo derivado de fuente natural divina.
Continúa con la revisión de los argumentos republicanistas para justificar la guerra, siendo estos muchos más que solo la guerra justa; por lo tanto, reconoce la importancia de guerras preventivas o para neutralizar rivales potenciales.
Cierra el capítulo destacando que el republicanismo requiere de la idea de enemigo permanente, pues quedar sin enemigo llevaría a una degeneración y debilidad, y cómo, aun pacifistas humanistas como Erasmus, tenían una visión contingente o relativa del pacifismo, lo que los hacía solo condenar la guerra entre cristianos, pero no así frente a otras religiones. Esto hace que, para Rosler, Erasmus sea, como otros muchos autores, un republicano humanista. Lo anterior conduce a una reflexión sobre lo mutuamente excluyentes que son los conceptos de humanidad y de humanismo, y cómo aquel que emprende una guerra en nombre de la humanidad miente para justificar la guerra de un Estado versus otro.
Finalmente, el último de los elementos, contenido en el capítulo sexto cuyo título es "César", viene a ser una revisión sobre la dictadura y la entrega de poderes especiales a los cónsules (Senatus Consultum Ultimum, SCU). Comienza con una descripción de los efectos políticos y familiares del rapto de Lucrecia en la antigua Roma, que puso fin a la monarquía de Tarquino el Soberbio, y el papel de Junio Bruto como dictador en esta época de crisis y cambio de régimen político. Continúa la descripción de la figura de la dictadura en Roma, demostrando, con cifras, que fue una figura más para defensa de la plebe que para su represión y que existían controles a esta. Por su parte, la figura del SCU permitía administrar la ley de forma diferente en estados de excepción. Para el autor, tanto la dictadura como la SCU, cuando fueron convocadas según las instituciones, beneficiaron a la sociedad.
Termina este capítulo con reflexiones sobre la desobediencia, la rebelión o la violencia contra la tiranía (o los gobiernos que nos parecen tiranías), señalando que aquellos que deseen emprenderla deben preguntarse antes: ¿por qué no responder con el mismo tipo de violencia? (en caso de que la violencia del tirano haya sido simbólica), ¿cuáles serán los resultados de actuar con violencia? y ¿es virtuoso actuar con violencia en ese momento?
Con toda esta revisión, el texto cumple con responder a las preguntas que se plantean al inicio de esta reseña, además de ser una invitación seductora a aquellos poco familiarizados con la cultura clásica de Roma, para acercarse y conocerla con mayor profundidad.
El público general que se aproxime al texto encontrará, en esta tradición de pensamiento, una recuperación de la política y el bien común que sirve de alternativa a los modelos que privilegian lo económico, lo moral o lo moral a través de lo jurídico (interpretativismo y activismo judicial), que en buena parte han causado los malestares sociales presentes en la actualidad.
Para la academia, y en especial la academia latinoamericana, el texto representa una guía para abordar la producción analítica y discursiva tanto de los próceres de la Independencia como de los líderes políticos de la actualidad. En el caso de los primeros, toda vez que, como diría el mismo Rosler, los historiadores profanadores tipo Oxford tienden a mostrarnos una descripción de próceres de la Independencia esquizofrénicos, que podían ser liberales en unas oportunidades y conservadores en otras, sin detenerse en reflexionar de forma profunda en la posibilidad que su pensamiento fuese republicano. Y, más importante aún, en el estudio de los segundos, ante la radicalización cada vez mayor, tanto en la esfera pública como en la misma academia, que lleva a etiquetar de extrema izquierda o extrema derecha a aquellos liderazgos políticos que se apartan de alguna de las posturas morales de dichos extremos, exigiendo, por ejemplo, el respeto a la ley vigente o asignando el calificativo de tibio a aquellos que no suponen que existe unanimidad ni consensos permanentes, sino que los consensos son contingentes y surgen del debate abierto y retórico.
Ahora bien, quizá la única debilidad del texto es no haber hecho más explícito el diálogo con autores contemporáneos que han revivido el republicanismo en el debate académico, por ejemplo, Pettit o Habermas, en temas como la coexistencia posible de las tesis republicanistas en un pluralismo moderno y no solo en un comunitarismo, o las posibles configuraciones de las instituciones modernas para ejercer control republicano.
Referencias
Rosler, Andrés. Razones públicas. Seis conceptos básicos sobre la república. Editorial Katz, 2018. 316 pp.
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